Pedro Castillo lanza advertencia a jueza en pleno juicio por golpe de Estado: “Merece una denuncia constitucional”

Golpista se negó a acreditarse ante la Sala Penal Especial de la Corte Suprema y volvió a irrespetar a la magistrada suprema Norma Carbajal

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Pedro Castillo vuelve a irrespetar a la jueza Norma Carbajal. Video: Justicia TV

El golpista expresidente Pedro Castillo volvió a faltarle el respeto a la jueza suprema Norma Carbajal, de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, y lanzó una advertencia durante el juicio oral por el golpe de Estado.

Cuando la magistrada solicitó al sedicioso que se acredite, a lo que este último dijo: “Señora magistrada, usted ha adelantado opinión en este juicio, eso es infracción a la Constitución y eso merece una denuncia constitucional. Rechazo este juicio”.

Sin embargo, Castillo omite que la magistrada Norma Carbajal no es una jueza suprema titular como para que se le pueda denunciar constitucionalmente por presuntas infracciones a la Carta Magna. La doctora es una jueza superior que se desempeña como jueza suprema provisional.

Esta no es la primera ocasión en la que el golpista exmandatario irrespeta a la integrante de la Sala Suprema Penal Especial. Desde la primera sesión del juicio oral ha lanzado calificativos contra la jueza por no haberse inhibido de conocer el juicio.

Incluso, la defensa de Castillo presentó un habeas corpus para que Carbajal sea apartada del caso. Sin embargo, este recurso fue rechazado por culpa de su propio abogado.

Castillo enfrenta un pedido de
Castillo enfrenta un pedido de 34 años de prisión por su intento golpista. Foto: Poder Judicial

Nuevo fracaso judicial de Pedro Castillo

Un fallo en la estrategia de defensa del expresidente Pedro Castillo ha resultado en el rechazo de un recurso de habeas corpus presentado en su nombre.

El objetivo de esta acción legal era apartar a la jueza suprema provisional Norma Carbajal del juicio oral que enfrenta el exmandatario por el intento de golpe de Estado ocurrido el 7 de diciembre de 2022. Sin embargo, un error en la formulación de la demanda llevó al Décimo Juzgado en lo Constitucional de Lima a desestimar el recurso.

Infobae dio a conocer que la defensa de Castillo argumentó que la magistrada Norma Carbajal no debería participar en el proceso judicial debido a su anterior rol como integrante de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. Esta sala había rechazado múltiples recursos legales presentados por el equipo de abogados del expresidente durante las etapas previas del caso, incluyendo la investigación preparatoria y el control de acusación. Según la postura de Castillo, la continuidad de Carbajal en el juicio comprometería su derecho a la libertad individual.

El documento judicial al que accedió este medio detalla que el recurso de habeas corpus fue observado por el juzgado debido a la falta de precisión en los argumentos presentados. En la resolución, se señala que la demanda no establece de manera clara cómo los hechos expuestos afectan directamente la libertad individual del exmandatario.

“Se advierte del contenido de la demanda que, el recurrente no ha precisado cuál es la relación conexa entre los hechos invocados y la libertad individual del beneficiario, o de qué manera lo que se expone en la demanda incide en su libertad individual, lo que es necesario a efectos de que este juzgado pueda realizar una adecuada calificación de la demanda”, se lee en el fallo judicial.

Ante esta observación, el juzgado otorgó un plazo de dos días hábiles para que la defensa de Pedro Castillo subsanara las deficiencias en la presentación del recurso. Sin embargo, este error inicial ha sido suficiente para que el recurso sea rechazado.

Declararon inadmisible recurso de Pedro
Declararon inadmisible recurso de Pedro Castillo.

“Se advierte que el accionante, no ha cumplido con subsanar las observaciones advertidas en la presente demanda, pese haber sido debidamente notificado (...), incurriendo de tal forma en la causal contenida en el artículo 128º, del Código Procesal Civil –de aplicación supletoria - toda vez que la improcedencia se declara si la omisión o defecto es de un requisito de fondo, habiéndosele dado plazo para subsanar la omisión observada”, se lee en la resolución que rechaza el habeas corpus.

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