Utilidades 2025: ¿Tienen derecho los trabajadores de una MYPE al reparto de este año? Sí, pero no en todos los casos

Las micro y pequeñas empresas representan más del 99% del tejido empresarial del Perú. El plazo para el reparto de las utilidades vence en julio del 2025

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Utilidades 2025. El reparto de
Utilidades 2025. El reparto de utilidades es un derecho que busca reconocer el esfuerzo de los trabajadores en la generación de ganancias para las empresas. Créditos: composición/Infobae Perú

Las micro y pequeñas empresas representan un pilar fundamental en la economía del país. Según el libro “Las Mipymes en Cifras”, presentado por el Ministerio de la Producción, las MYPE constituyen el 99,2% del tejido empresarial en el Perú. Este dato subraya la importancia de estas empresas no solo como generadoras de empleo, sino también como actores clave en el desarrollo económico nacional. Sin embargo, muchos trabajadores de este segmento no tienen claro si este año podrán acceder al reparto de utilidades, que se pagarán hasta la primera semana de julio del 2025.

De acuerdo con información proporcionada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) a Infobae Perú, no todas las empresas categorizadas como micro y pequeñas empresas (MYPE) están obligadas a repartir utilidades entre sus trabajadores. Este beneficio, que forma parte de las ganancias generadas por las empresas, depende de diversos factores, como el tipo de empresa, su registro en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) y el número de trabajadores contratados.

En el caso de las microempresas, Sunafil aclara que, aunque estas cuenten con más de 20 empleados, no están obligadas a distribuir utilidades si están registradas en el REMYPE. Por otro lado, las pequeñas empresas que también estén inscritas en este registro sí deben cumplir con esta obligación, siempre y cuando hayan generado rentas de tercera categoría y cuenten con más de 20 trabajadores. Este proceso se rige bajo las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 892 y su reglamento.

Además, Sunafil detalla que, además de las microempresas, otras entidades están excluidas del reparto de utilidades. Entre estas se encuentran las cooperativas, las empresas autogestionarias y las sociedades civiles, las cuales no están sujetas a esta normativa, independientemente de su tamaño o número de empleados.

Las micro y pequeñas empresas
Las micro y pequeñas empresas son un pilar fundamental de la economía del país. Según el libro “Las Mipymes en Cifras”, presentado por el Ministerio de la Producción, estas representan el 99,2% del tejido empresarial.

Utilidades 2025: porcentajes de reparto según el sector empresarial

El porcentaje de utilidades que corresponde a los trabajadores varía según el sector económico al que pertenezca la empresa. Según lo establecido por la legislación vigente, los porcentajes aplicables sobre la renta anual antes de impuestos son los siguientes:

  • Empresas pesqueras: 10%
  • Empresas de telecomunicaciones: 10%
  • Empresas industriales: 10%
  • Empresas mineras: 8%
  • Empresas de comercio y restaurantes: 8%
  • Empresas dedicadas a otras actividades: 5%

El monto resultante de estos porcentajes se distribuye entre los trabajadores siguiendo criterios específicos, como el tiempo laborado y la remuneración percibida. Este esquema busca garantizar una distribución equitativa entre los empleados que contribuyeron al desempeño económico de la empresa.

El registro en el REMYPE
El registro en el REMYPE es fundamental para que las empresas puedan acceder a los beneficios y obligaciones que establece la normativa para las MYPE, incluyendo el reparto de utilidades en el caso de las pequeñas empresas.

Fechas clave para el pago de utilidades en 2025

El reparto de utilidades es un beneficio económico esperado por miles de trabajadores del sector privado, quienes reciben un porcentaje de las ganancias generadas por sus empleadores durante el año anterior. Según Sunafil, el pago de utilidades debe realizarse dentro de los 30 días posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, conforme al cronograma establecido por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).

Este cronograma es de carácter improrrogable, salvo que se emita una disposición legal que indique lo contrario. Además, se identifican dos periodos clave para el abono de este beneficio: el primer abono, que debe realizarse hasta la primera semana de julio y cubre los meses de noviembre a abril, y un segundo abono, hacia el último trimestre del 2025.

Según informó Sunafil, las microempresas
Según informó Sunafil, las microempresas registradas en el REMYPE no están obligadas a repartir utilidades, incluso si cuentan con más de 20 trabajadores.

¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades?

Según Sunafil, todos los trabajadores que hayan estado en planilla al menos un día durante el año 2024 tienen derecho a recibir el pago de utilidades. Esto incluye a empleados con contratos temporales, de plazo indefinido, de tiempo completo y de tiempo parcial, así como a trabajadores extranjeros y nacionales.

Incluso los extrabajadores que laboraron durante el año 2024 y ya no forman parte de la empresa tienen derecho a este beneficio. En estos casos, pueden solicitar el cobro de las utilidades hasta cuatro años después de la finalización de su vínculo laboral.

Sin embargo, no todos los empleados están incluidos en este beneficio. Los practicantes, por ejemplo, no tienen derecho a participar en el reparto de utilidades. Asimismo, los trabajadores con jornadas inferiores a la máxima establecida recibirán un monto proporcional al tiempo efectivamente trabajado.

Sunafil informó que la fecha
Sunafil informó que la fecha límite para el pago de las utilidades en 2025 depende del cronograma de la declaración de renta de la Sunat.

Criterios para clasificar a una empresa como MYPE

El número de trabajadores no es el único criterio para determinar si una empresa es una micro o pequeña empresa. Según Sunafil, el factor determinante son las ventas anuales de la empresa.

En el caso de las microempresas, sus ventas no deben superar las 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/802.500, considerando que el valor de 1 UIT en 2024 es de S/5.350. Por su parte, las pequeñas empresas no deben exceder las 1700 UIT, es decir, S/9 millones 95.000.

Además, para registrarse en el REMYPE, las empresas deben cumplir con ciertos requisitos, como contar con un RUC vigente, tener un usuario y clave SOL en Sunat, registrar al menos un trabajador y no pertenecer a sectores como juegos de azar, casinos, discotecas o bares.

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