
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha decidido mantenerse en sesión permanente hasta la culminación de los principales procesos electorales programados en el país. Esta medida, oficializada mediante la Resolución N° 0125-2025-JNE, busca asegurar la correcta organización y ejecución de las Elecciones Municipales Complementarias 2025, la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2025 y las Elecciones Generales 2026, una vez que estas sean convocadas.
La decisión, publicada el 20 de marzo de 2025, responde a la necesidad de garantizar la transparencia y celeridad en los procedimientos electorales. Según detalla la resolución, el JNE también habilitará los días sábados, domingos y feriados para la realización de audiencias públicas, sesiones deliberativas y otras actuaciones procesales relacionadas con los comicios.
Contexto normativo y atribuciones del JNE
El Jurando Nacional de Elecciones, como organismo autónomo, desempeña un papel fundamental en el sistema electoral peruano. Como parte de ello Administra el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), que regula la inscripción de partidos, movimientos y alianzas políticas. Según la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), este registro permanece abierto de manera permanente, salvo en los periodos comprendidos entre el cierre de inscripciones de candidatos y un mes después de cada proceso electoral.

La normativa también establece que cualquier ciudadano puede presentar tachas contra la inscripción de organizaciones políticas si estas incumplen los requisitos legales. Dichas tachas deben resolverse en un plazo de cinco días hábiles, con posibilidad de apelación ante el Pleno del JNE como última instancia.
Elecciones Generales 2026 y su importancia
Las Elecciones Generales 2026 (EG 2026), programadas para el 12 de abril de 2026, representan otro hito clave en el panorama político peruano. Según la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N° 26859), estos comicios se realizan cada cinco años el segundo domingo de abril. La convocatoria oficial deberá realizarse con al menos un año de anticipación, incluyendo las elecciones primarias.
Este proceso electoral será el primero en desarrollarse bajo la reforma constitucional que restableció la bicameralidad en el Congreso de la República, conforme a la Ley N° 31988. Con esta modificación, el Congreso estará compuesto por un Senado y una Cámara de Diputados, lo que implica ajustes significativos en la organización y ejecución de las elecciones.

Medidas adicionales para garantizar la eficiencia
Con el objetivo de mantener la eficiencia en la atención a la ciudadanía y en la resolución de expedientes, el JNE ha dispuesto habilitar días no laborables, como sábados y domingos, para el cómputo de plazos relacionados con las tachas contra organizaciones políticas en proceso de inscripción. Esta medida incluye fechas específicas como los sábados 22 y 29 de marzo, y 5 y 12 de abril, así como los domingos 23 y 30 de marzo, y 6 de abril.
Asimismo, se ha instruido a la Dirección Central de Gestión Institucional para que tome las previsiones necesarias en la atención de servicios administrativos en fechas clave del cronograma electoral. Estas disposiciones buscan garantizar que los hitos establecidos en la normativa se cumplan sin contratiempos.
Publicación y difusión de la resolución
La Resolución N° 0125-2025-JNE también establece que su contenido sea comunicado a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), así como a los Jurados Electorales Especiales una vez que estos sean instalados. Además, se ha dispuesto su publicación tanto en el diario oficial El Peruano como en el portal institucional del JNE, asegurando su difusión y acceso público.
Con estas medidas, el Jurado Nacional de Elecciones reafirma su compromiso con la transparencia y la eficiencia en el desarrollo de los procesos electorales, fundamentales para la consolidación de la democracia en el Perú.
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