
Desde este jueves 6 de junio, entró en vigencia en el Perú la Ley 32006, que permite a los jueces tener acceso a la información bancaria y financiera de los demandados por alimentos. Esta medida establece que los jueces pueden acceder en línea y en tiempo real a datos críticos sobre la capacidad económica de los demandados, lo que modifica el artículo 564 del código procesal civil.
Con esta ley, los jueces también tendrán acceso a la información sobre el centro de trabajo del demandado, sus remuneraciones, gratificaciones, vacaciones, y cualquier suma de libre disponibilidad proveniente de su relación laboral.
La norma aplica no solo a instituciones bancarias, sino también a otras entidades públicas relevantes como el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la Sunat, la SBS, Sunarp, y Reniec. Estas instituciones deberán implementar una plataforma de acceso para que los jueces puedan extraer en tiempo real la información necesaria sobre los medios probatorios de la capacidad económica del demandado.
Los jueces podrán conocer los ingresos mensuales

La Ley 32006 también estipula que los jueces podrán obtener detalles sobre cualquier actividad comercial o profesional independiente del demandado, así como las declaraciones juradas de renta anual que se hayan realizado por estas actividades.
Asimismo, podrán conocer la renta mensual que el demandado perciba por esta actividad. El documento resalta que esta medida permitirá conocer la capacidad económica y la situación laboral del demandado, así como el número de hijos que tenga registrados a su nombre y los bienes registrados a su nombre.
Bajo esta nueva normativa, la SBS y Sunat, junto con otros organismos involucrados, tendrán que establecer la infraestructura necesaria para que toda la información pertinente esté disponible en una plataforma accesible para los jueces.
El Poder Judicial, por su parte, “establece los mecanismos necesarios para garantizar, bajo responsabilidad, el correcto uso y manejo de la información extraída de los sistemas de información autorizados”.
Este cambio en la legislación tiene como objetivo facilitar la labor de los jueces en los procesos relacionados con demandas de alimentos, asegurando que puedan disponer de la información financiera y laboral del demandado de manera rápida y eficaz.
Acceso en línea y en tiempo real

Esto no solo agiliza el proceso judicial, sino que también busca garantizar una mayor justicia en la determinación de las pensiones de alimentos, evitando posibles evasiones de responsabilidades económicas por parte del demandado.
Según el dictamen, el acceso en línea a esta información representa un avance significativo en la administración de justicia, proporcionando a los jueces herramientas más eficaces para tomar decisiones informadas basadas en datos verificables. Esta medida podría tener un impacto considerable en el bienestar de los niños y otros beneficiarios de pensiones alimenticias, al garantizar que se determinen valores justos y adecuados en función de la verdadera capacidad económica del demandado.
Cabe recordar que el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público reporta que las denuncias por incumplimiento de obligaciones alimentarias son comunes y se asocian a múltiples factores, incluidos el desempleo y la informalidad laboral. Además, un informe de la Defensoría del Pueblo destaca que existe una brecha significativa en la ejecución de sentencias, debido a dificultades para localizar a los deudores.
Al respecto, el Poder Judicial ha implementado medidas como el registro de deudores alimentarios morosos (REDAM) y la posibilidad de embargar cuentas bancarias para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones.
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