
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema resolvió que el expresidente Alejandro Toledo y su esposa, Eliane Karp, continuarán bajo orden de prisión preventiva por 18 meses, en relación con el Caso Ecoteva. Ambos están siendo investigados del delito de lavado de activos en perjuicio del Estado.
Desde 2013, ambos están siendo investigados debido a la compra de una casa en Las Casuarinas (Surco), una oficina con depósitos y estacionamientos en la Torre Omega (Surco), y una casa en Punta Sal (Tumbes). Además, se sospecha que pagaron las hipotecas de su vivienda en Camacho (La Molina) con fondos de la empresa offshore Ecoteva Consulting Group S.A., ubicada en Costa Rica.
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La Fiscalía sostiene que hubo un acuerdo entre los acusados (personas naturales) para lavar dinero proveniente de actividades ilícitas vinculadas a actos de corrupción durante el gobierno de Alejandro Toledo Manrique (2001-2006). Estas empresas se crearon con el propósito de facilitar el lavado de dinero.
El supuesto origen del dinero ilícito utilizado para las compras inmobiliarias y el pago de hipotecas se relaciona con presuntos sobornos pagados por empresas brasileñas a cambio de la concesión y construcción de la Carretera Interoceánica, tramos dos, tres y cuatro, durante la administración del expresidente en 2005.
Como se sabe, Toledo Manrique cumple una prisión preventiva de 18 meses tras ser extraditado desde Estados Unidos por el Caso Odebrecht. Al mismo tiempo, existe una orden de prisión preventiva de 18 meses que debe cumplir por el Caso Ecoteva
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Lo mismo ordenaron contra su esposa Eliane Karp, quien ha estado prófuga desde 2017. Antes de que se suspendiera el juicio oral del Caso Ecoteva, se sabía que Karp se encontraba en Israel, adonde se trasladó tras salir de Estados Unidos en 2023, después de la extradición de su esposo al Perú.
En agosto de 2023, la Novena Sala Penal Liquidadora de Lima ya había rechazado la solicitud de cese de prisión preventiva de Toledo y Karp. Ante esto, los procesados presentaron un recurso de nulidad, el cual ha sido recientemente rechazado.
Alejandro Toledo: INPE debe responder su pedido para ser atendido en clínica
El Tribunal Constitucional ordenó que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) debe resolver, en un plazo máximo de cinco días, la solicitud del expresidente Alejandro Toledo para recibir atención médica en la clínica privada San Pablo. Toledo argumentó que sus derechos a la salud y a la integridad personal habían sido vulnerados.
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La sentencia del Tribunal Constitucional declara parcialmente fundada la demanda de habeas corpus presentada por Toledo, y anula las notificaciones previas que estipulaban que su atención médica debía realizarse en EsSalud, conforme a su seguro de salud vigente, así como la que rechazaba su solicitud de ser atendido externamente en la clínica San Pablo, ubicada en Surco.
El fallo indica que la negativa de la administración penitenciaria carece de justificaciones fácticas y jurídicas sólidas para no permitir que Toledo reciba atención multidisciplinaria en una clínica privada, especialmente para exámenes auxiliares que no están disponibles en EsSalud, según los diagnósticos de un médico legista y un médico particular.
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Sin embargo, el Tribunal Constitucional también considera improcedente la demanda de traslado directo a la clínica San Pablo, ya que estima que dicha decisión debe ser tomada por el INPE, dentro de sus competencias y tras un análisis detallado de la situación específica de Toledo Manrique.
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