El ministro de Economía, José Arista, invocó este miércoles que el retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), aprobado previamente en las Comisiones de Economía y de Trabajo del Legislativo, no sea dispuesto al 100%, sino que respete la ley vigente (N.º 30334), según la cual los trabajadores solo pueden retirar el exceso de cuatro sueldos.
“Aprovecho esta tribuna para invocar al Congreso a que esta norma referida al retiro de la CTS sea respetando un mínimo, que yo estimo debería ser cuatro meses de desempleo. Como ustedes saben, la CTS permite a un profesional mantener ingresos en el tiempo en que está cambiando de trabajo, el promedio es de cuatro meses. Yo pediría al Congreso que autorice con un piso mínimo de cuatro meses”, dijo en una rueda de prensa al término del Consejo de Ministros.
El cálculo se realiza de la siguiente forma para quienes han trabajado durante un periodo completo:
♦ 50% del sueldo mensual (sin descuentos) + 1/6 de la gratificación recibida en el periodo + 1/6 del total de horas extra + asignación familiar (si aplica).
♦ Si el trabajador recibe un sueldo variable, la CTS se calcula mediante un promedio del sueldo total recibido en el periodo del cálculo.
Hasta fines del 2023, el grupo a cargo de liderar los proyectos de una nueva liberación del 100% de la CTS era la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, presidida por el legislador Pasión Dávila (Bloque Magisterial) y atribuida como única comisión dictaminadora. Sin embargo, desde febrero de este año, la Comisión de Economía, a cargo del fujimorista César Revilla, se abanderó la iniciativa.
Ambas comisiones han dado luz verde a sus respectivos dictámenes, que ahora seguirán su curso al pleno. El debate sería entre el 2 y 9 de mayo, según estimaciones del titular de la Comisión de Economía, quien aseguró que el consenso en las bancadas es mayoritaria.
Fórmula del MEF
En rigor, el planteamiento del ministro de Economía es que si un trabajador percibe S/ 1.025 de sueldo mínimo, podría retirar únicamente el excedente de S/ 4.100 (salario multiplicado por cuatro). Es decir, si registra en su cuenta de CTS un total de S/ 4.500, podría gozar de S/ 400, ya que el resto es intangible.

A inicios de abril, al finalizar una intervención en el Congreso, Arista reafirmó su rechazo a la aprobación de un nuevo retiro del 100 % del beneficio laboral. “Creo que no es una buena idea, porque los fondos no han sido creados para atender tu necesidad de caja, sino para atender este problema de desempleo temporal que podrías enfrentar”, dijo.
“Lo que se ha acordado hoy es no observar la norma, respondiendo a la alta votación que ha recibido esta norma en el Congreso. Vemos que no es oportuno demorar más la promulgación de esta norma”, indicó. Con la confirmación de Arista, queda expedita la norma que habilita el retiro de 20.600 soles (4 Unidad Impositiva Tributaria, UITs) para su promulgación y ejecución en las próximas semanas.
Sin embargo, esta medida solo podrá ser de beneficio para poco más de un millón y medio de afiliados a las AFP que aún cuentan con fondos suficientes, de un total de 9 millones de afiliados, tras los continuos retiros parciales aprobados desde la crisis económica del 2020 a raíz de la pandemia.
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