El congresista Alejandro Cavero (Avanza País) presentó una denuncia constitucional contra el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Luis Salas Arenas, por permitir la inscripción del partido Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O.), liderado por Antauro Humala Tasso.
A través de sus redes sociales, el parlamentario señaló como “responsable político” al titular del JNE Salas “de admitir a un actor antidemocrático en el sistema electoral”. Consideró que, al dar luz verde a la participación del movimiento del hermano de Ollanta Humala, el funcionario cometió una “infracción a la Constitución que merece un antejuicio político y su posterior destitución por el Pleno del Congreso”.
De acuerdo al legislador, la participación de dicho movimiento “podría causar un profundo e irreparable daño al tejido democrático de nuestro país” y advirtió que “el jurado ignoró evidencia que vincula a Antauro con la fundación, ideológica, funcionamiento, y liderazgo de este partido”.
Destacó también que el eventual candidato presidencial, condenado por delitos de homicidio simple con dolo eventual, secuestro agravado, daños agravados, sustracción o arrebato de arma de fuego y rebelión, “no ha mostrado ningún signo de arrepentimiento y ahora busca participar de la democracia para socavarla desde adentro”.

“Si creíamos que en el año 2021 corríamos un grave riesgo con Pedro Castillo, con Antauro en el 2026 nuestro país enfrentará un peligro aún más latente”, mencionó y aseguró que, con ello, Salas Arenas transgredió principios constitucionales y legales.
“Se valió de argumentos formalistas e ingenuos que nos indignan como peruanos. El presidente avala a una agrupación violenta que reivindica en su discurso el fusilar y reprimir a quien no esté de acuerdo, esta es la peor amenaza que muestra democracia ha recibido en décadas”, destacó.
¿Qué dice la denuncia constitucional?
De acuerdo a la denuncia constitucional presentada por Alejandro Cavero, el titular del JNE infringió cinco artículos de la Constitución Política del Perú: 38, 51, 103, 178 y 181; dos de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP): 2 y 5; el artículo 23 de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones y tres principios contemplados en la Ley de Procedimiento Administrativo General (LPAG).
Denuncia constitucional presentada por Alejandro Cavero by Camila Milagros del Carmen Calderon Garro on Scribd
El primer punto de la carta magna en mención señala que “todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación”; mientras que el segundo refiere que “la Constitución prevalece sobre toda norma legal”.
El penúltimo artículo menciona que es competencia del Jurado Nacional de Elecciones “mantener y custodiar el registro de organizaciones políticas, velar por el cumplimiento de las normas y administrar justicia” en dicha materia, y el último que el pleno del JNE “toma decisiones basadas en su apreciación de los hechos con criterio de conciencia”.
“Nuevamente, en este caso y a la luz del artículo 181° de la Carta Magna, lamentablemente el JNE se ha alejado de su misión constitucional. Si bien, las decisiones pueden basarse ‘en conciencia’, estas deben ser regidas por el marco de la ley, el cual ha incumplido por avalar la inscripción antidemocrática ANTAURO, cuyo líder formal y real ha purgado más de 17 años en prisión por diversos cargos criminales”, menciona el documento.
“De esta manera, descansa en el más alto organismo electoral la responsabilidad de tomar decisiones reales y conscientes en los asuntos de su competencia. Se solicita expresamente que garantice un fallo acorde con la ley y los principios generales del derecho. Esta solicitud no se limita a la mera aplicación literal de la ley; más bien, insta a examinar y evaluar los hechos a la luz de los principios y la ley, tomando decisiones basadas en un criterio de conciencia”, concluye.

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