
La fiscal de la Nación, Patricia Benavides, decidió archivar en parte la denuncia presentada por la defensa legal del expresidente Pedro Castillo contra más de cien autoridades por no haber respaldado su fallido autogolpe de Estado del 7 de diciembre del 2022, por el cual cumple 18 meses de prisión preventiva en el penal de Barbadillo.
En la resolución se detalla que no había suficientes elementos probatorios para abrir una investigación preliminar contra los 101 congresistas de la República, que votaron a favor de su vacancia por incapacidad moral permanente, por los presuntos delitos de rebelión, conspiración y abuso de autoridad.
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De igual manera también se dispuso lo mismo contra Gustavo Bobbio, quien fue el último ministro de Defensa del régimen de Castillo Terrones antes de que quisiera quebrar el orden constitucional.
En la acusación del profesor cajamarquino también se incluyó a la presidenta Dina Boluarte, quien asumió el poder tras su destitución; el ministro de Defensa, Jorge Chávez Cresta; Walter Alemán, excomandante general del Ejército; y los coroneles de la Policía Nacional del Perú, Iván Lizetti, Walter Ramos y Harvey Colchado.
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Sobre estas personas, la fiscal Benavides remitió la carpeta a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Lima Centro a fin de tomar una decisión de si inicia una indagación o la archiva.
Cambio de versión
Hay que señalar que esta semana, la defensa legal de Castillo ha deslizado una nueva tesis del motivo que lo llevó a ejecutar un golpe de Estado que terminó siendo un fracaso.
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Inicialmente, se dijo que el expresidente estuvo bajo los efectos de una droga al momento de leer su mensaje a la Nación que fue transmitido a nivel nacional. Sin embargo, uno de sus abogados, Eduardo Pachas, aseguró todo lo contrario.
“Ese día, por escrito y en persona, el presidente Castillo ha detallado punto por punto, en más de 60 páginas, lo que pasó el 7 de diciembre. Dijo que se vio obligado a leer el discurso, fue arrinconado, emboscado y con amenazas de muerte hacia su persona”, apuntó en conferencia de prensa.
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El letrado agregó que si Castillo Terrones no cerraba el Parlamento, pues lo que iba a pasar es que “si no se le suspendía o se le vacaba, se le iba a matar y luego a su familia se le iba a detener”.
Adicionalmente, acusó sin pruebas a las Fuerzas Armadas de haberse coludido con los congresistas para facilitar la destitución del exmandatario y así darse la sucesión constitucional con la entonces vicepresidenta Dina Boluarte.
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“Lo que ha hecho el presidente Castillo es luchar contra un sistema”, alegó Pachas.
Por otro lado, Walter Ayala, exministro de Defensa y otro de los representantes legales de Castillo, también refirió que la representación nacional no alcanzó los 104 votos necesarios para concretar la salida del profesor rural del Ejecutivo.
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A juicio de Ayala, la presidencia de Boluarte Zegarra es inconstitucional porque accedió de manera irregular.
Los letrados explicaron por qué el Poder Judicial debería aceptar la acción de amparo que presentaron el pasado 22 de enero para anular la resolución del Congreso de la República que declaró la vacancia por incapacidad moral permanente de Castillo Terrones.
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La revisión de esta solicitud está en manos de la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima que celebrará una audiencia el próximo viernes 23 de junio.
Decreto golpista
Sin embargo, la situación del expresidente Castillo se agrava más tras la revelación que había un decreto supremo firmado de su puño y letra que disponía la disolución inconstitucional del Parlamento.
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Según el programa Contracorriente, el Ministerio Público halló al interior del despacho de la subsecretaría presidencial el documento con la rubrica del profesor rural que, además, planteaba la convocatoria a elecciones para tener nuevos integrantes dentro de este poder del Estado.
“(Se) Decreta: Artículo 1. Disolución extraordinaria del Congreso de la República. Disuélvase el Congreso de la República por vulnerar los artículos 113 inciso 2, 45 y 46 de la Constitución”, se lee en el documento presentado por el espacio de Willax Televisión.
“Artículo 2. Convocatoria a elecciones. Convóquese a elecciones para un nuevo Congreso para el día domingo 4 de junio de 2023, para que complete el periodo constitucional del Congreso disuelto”, se agrega.
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