
La cantante colombiana Shakira, en colaboración con el productor musical argentino del momento, Bizarrap, lanzó un tema denominado Music Sessions #53 que evidentemente estaría dirigido a su expareja y padre de sus hijos, el exfutbolista español Gerard Piqué.
Aunque este es un tema obviamente ligado al espectáculo internacional, las referencias que hizo la cantante colombiana hacia su expareja y a la actual novia de este, Clara Chía, quien ha sido señalada como la manzana de la discordia, bien valieron la pena para que el portal Laley.pe las ponga bajo análisis jurídico.
La posible afectación de la trasgresión de los límites de la libertad de expresión, el derecho al honor, la intimidad o incluso una presunta comisión delictiva por difamación en contra de Piqué y Chía, por lo expresado con la letra de la canción, definitivamente merecían entrar en materia de análisis.
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De acuerdo a lo señalado por el portal, el derecho de la libertad creativa o libertad de expresión fue ejercitado por Shakira y Bizarrap, bajo la premisa que es una “garantía” considerada “la piedra angular” de una democracia por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Según Laley.pe, este derecho es reconocido por la Constitución Política Española y también por nuestra Carta Magna como un derecho fundamental, puntualmente, en el artículo 2, el cual refiere: “A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley”.
El portal remarca, tras precisar algunos criterios de sentencias emitidas, que la libertad creativa musical “no es absoluta” y se puede limitar bajo determinados contextos, de acuerdo al pronunciamiento de la CIDH.

“Así pues, sí es posible restringir sus límites, pero sobre la base de criterios como la razonabilidad y proporcionalidad jurídica, según lo reseñado por el fundamento 7 de la Sentencia 05975-2008-AA2: Al respecto, debemos ser enfáticos al decir que la libertad de expresión no ampara el derecho al insulto. Los derechos fundamentales no son absolutos, por el contrario, su ejercicio está limitado por su propio contenido y por su relación con otros bienes constitucionales y su protección”, mencionan.
Sobre la difamación, se indica que este es el delito contra el honor de mayor gravedad que se aplica cuando se expresan frases agraviantes en “doble sentido” o significado “polivalentes o equívocos”, con la intención de esconder la voluntad de dañar el honor de terceros.
“Según la posición doctrinaria mayoritaria, si los hechos hubieran ocurrido en nuestra jurisdicción, Shakira podría haber vulnerado el honor de Piqué, aunque haya formulado indirectas en doble sentido, es decir, a pesar de haber procurado encubrir los supuestos agravios”, refieren.
Polémicas frases
1. “Entendí que no es culpa mía que te critiquen, yo sólo hago música, perdón que te sal-PIQUE”
Esta parte del más reciente tema de Shakira debe ser el más controversial, por la evidente referencia a su expareja, cuyo apellido es Piqué, por lo que podría entenderse que se trata de una difamación encubierta, al usar una palabra que contiene todas la letras del apellido del exfutbolista.
2. “Perdón, ya cogí otro avión, aquí no vuelvo no quiero otra decepción. Tanto que te las das de campeón y cuando te necesitaba diste tu peor versión (...) Y contigo ya no regreso ni que me llores ni me supliques”
Piqué formó parte de la selección que se proclamó campeona del mundo en la Copa Mundial de Sudáfrica 2010. Hasta el momento suman dos elementos que presuntamente podrían acreditar el delito de difamación encubierta.

3. “Me dejaste de vecina a la suegra, con la prensa en la puerta y la deuda en Hacienda”
Al terminar la relación por el supuesto acto de infidelidad del español, los medios revelaron que Shakira tenía un pleito legal con Hacienda en España, lo equivalente a la Sunat en Perú. La colombiana es procesada por la presunta comisión de delitos y de defraudar a la citada entidad tributaria por un total de 14,5 millones de euros entre 2012 y 2014, cuando Piqué aún era su pareja.
4. “Tiene nombre de persona buena, CLARA-mente no es como suena. Tiene nombre de persona buena, CLARA-mente es igualita que tú”

Clara Chía, de 23 años, también habría sido mencionada de forma referencial. En otro momento de la canción, Shakira indica que vale como dos de 22. Esta referencia podría aludir a la edad de la actual pareja de Piqué, ya que Shakira tiene 45 años, por lo que la referencia no es descabellada.
“En otro momento de la canción también menciona que cambió un Rolex por un Casio, probablemente con la intención de compararse con la joven de 23 años y aludir a su edad. Estos datos podrían evidenciar algunos visos de difamación encubierta. Claro, si hipotéticamente el caso se judicializara y tramitara en nuestra jurisdicción. Sin embargo, es importante mencionar ciertos cuestionamiento en torno a esta figura delictiva que harían inviable la imputación de esta figura penal”, concluye el portal.
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