
La Argentina es un paraíso para quienes eligen la marginalidad como forma de vida, porque saben que cometer delitos no tiene consecuencias. Lo saben los delincuentes mayores de edad, y también los menores, quienes en la Argentina sólo son imputables a partir de los dieciseis años. Mientras tanto, quienes en sociedad elegimos vivir sin delinquir, debemos soportar estoicamente el festival de los malvivientes, a pesar de que la Constitución Nacional, cuando hace referencia a las cárceles en las que deberían estar recluidos, dispone que no tienen por finalidad castigarlos sino proteger nuestra “seguridad”.
En el derecho penal, “imputar” significa atribuir a alguien la responsabilidad por la comisión de un hecho delictivo. Para que ese “alguien imputado” pueda ser responsable penalmente por el delito cuya comisión se le adjudica, es necesario que esté en condiciones de medir la gravedad de sus actos. Es por eso que la ley establece un límite de edad debajo del cual se considera que un sujeto es inimputable, es decir, que no puede adjudicársele responsabilidad penal por no tener la capacidad de medir la gravedad de lo que hace. En la Argentina ese límite de edad es de diecises años.
Demás está decir que ello constituye un verdadero desatino, porque mucho antes de cumplir esa edad un sujeto sabe qué es lo que está bien y lo que está mal, por lo menos cuando se trata de conductas graves tales como matar, dañar, secuestrar y violar.
La Convención Internacional sobre los derechos del niño, que en nuestro país tiene jerarquía constitucional y a la cual la Argentina adhirió en septiembre de 1990 a través de la ley 23.849, delega en cada país miembro la responsabilidad de decidir cuál es la edad debajo de la cual un sujeto es inimputable. Según los datos de Unicef, sólo la Argentina y Cuba establecen ese límite a los dieciseis años, ningún país del mundo lo hace a los quince, y son muchos los que fijan ese límite en catorce.
Países de corte populista como Bolivia, Venezuela, Nicaragua y Ecuador, tan admirados por nuestra izquierda fundamentalista que se opone fervientemente a bajar la edad de imputabilidad, la fijan en catorce años (Bolivia y Venezuela), en trece años (Nicaragua) y hasta en doce años (Ecuador). También determinan que la edad de imputabilidad es a partir de los catorce años en países como Alemania, Austria, España, Italia, Holanda, Chile, Colombia, Paraguay y Perú; mientras que el Reino Unido considera inimputables a los menores de diez.
En nuestro país hay un sector del arco político para el cual encarcelar a un menor es un acto violatorio de derechos humanos elementales. Parecen olvidar que la misma Convención Internacional sobre los Derechos del Niño establece, en su Art. 37 Inc. B, que “la detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo de conformidad con la ley”. Obsérvese cómo ese término tan temido por la izquierda argentina -“encarcelamiento”-, es el que con toda naturalidad utliliza el referido instrumento internacional de derechos humanos.
Inclusive vale la pena poner de relieve que ese convenio internacional, para el cual los individuos son “niños” hasta los dieciocho años, admite que aquellos de quince a diecisiete puedan ser enrolados en el Ejército y llevados a la guerra (Art. 38 Inc. 2 y 3). Es cierto que la ley argentina de adhesión a esa Convención ordenó al Presidente que, a la hora de ratificarla, declare que para la Argentina es deseable que no se permita a los gobiernos reclutar niños para la guerra, pero también lo es que, filosóficamente, el convenio internacional lo admite.
Tiene que quedar claro que los adolescentes estan en perfectas condiciones para discernir si matar, robar, herir y violar es bueno o malo; pero si bien el mundo así lo entiende, en la Argentina la misma dirigencia que elabora políticas cuyas consecuencias es crear pobres y disminuir posibilidades de realización personal, considera que los delincuentes son víctimas de una sociedad que no los comprende y que por ello no hay que estigmatizarlos con castigos ni encarcelamientos.
Queda claro que los problemas de inseguridad no se resuelven con medidas aisladas, y que es necesaria la prevención y la resocialización de los detenidos, pero alguna vez será necesario poner al derecho penal al servicio de una sociedad que quiere vivir en paz, antes que al servicio de quienes nos hostigan cada día con el delito como modo de convivencia social.
SEGUIR LEYENDO:
Últimas Noticias
La guerra es allá. El ajuste es acá
Las tensiones internacionales, especialmente en Medio Oriente, se traducen en presiones inmediatas sobre precios y salarios en la Argentina, evidenciando la fragilidad de una economía expuesta a shocks externos en escenarios de inestabilidad

Interculturalidad: la ventaja de trabajar “entre diferentes”
Las organizaciones que logran integrar diferencias culturales (no sólo tolerarlas) toman mejores decisiones, innovan más rápido y ejecutan con mayor resiliencia

Más allá del asistencialismo y la retórica electoral
Del análisis comparado de los 36 planes de gobierno, se evidencia niveles desiguales de desarrollo y coherencia, lo que refleja distintas concepciones sobre el rol del Estado, la protección social y la garantía de derechos

El efecto dominó del ducto
La recuperación tras el corte en el ducto de Camisea pone de relieve la importancia de contar con mecanismos de respaldo y soluciones ante la continua exposición a riesgos




