
Este viernes se dio a conocer que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó una nueva lista de 120 personas físicas y morales señaladas por emitir comprobantes fiscales que amparan operaciones presuntamente inexistentes.
Con base en lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los contribuyentes que integran el listado emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, el personal, la infraestructura o la capacidad material para prestar servicios, producir, comercializar o entregar los bienes que amparan dichos documentos.
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“Es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes, así como que la sociedad conozca quiénes son aquellos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones”, reza el documento elaborado por el SAT.
SAT publica nueva lista negra de presuntos “factureros”
Entre los contribuyentes señalados figuran empresas que operan en distintas entidades del país, entre ellas Sonora, Sinaloa, Coahuila, Nuevo León, Jalisco, Hidalgo, Querétaro, Tamaulipas, Michoacán, Estado de México y la Ciudad de México.
En el listado también aparecen razones sociales como Comercializadora Avovalle, Consultoría Contable y Asesoría Fiscal 3V, Construx Capital, Varlo Consultores Especializados en Gestión y Auditorías, Comercializadora de Insumos Maderas PVC, y Construcción y Montajes Industriales Avisur.
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Además, figuran Consultoría Tecnológica y Servicios Jurídicos JML, Comité Veracruzano de Productores de Arroz, Distribuidora Rackon y Yong-Paris, entre otras empresas incluidas en la lista.

Autoridades fiscales dan 15 días a los contribuyentes para que regularicen su situación
Por otro lado, en los oficios de presunción individual, las autoridades fiscales conceden a cada contribuyente un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que presenten las manifestaciones y aporten las pruebas que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer por el SAT.
“En los oficios de presunción individual las autoridades fiscales otorgaron a cada contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios, apercibidos que si transcurrido el plazo concedido no aportaban la documentación e información y/o la que exhibieran, una vez valorada, no desvirtuaba los hechos señalados en los oficios de mérito, se procedería (…) primero a notificarles la resolución individual definitiva, así como a la publicación de sus nombres, denominaciones o razones sociales en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos dados a conocer”, detalla el documento publicado en en el DOF.
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Listado también destaca a las personas físicas
Cabe señalar que la relación publicada por las autoridades fiscales incluye a personas físicas señaladas por emitir comprobantes fiscales sin contar con la capacidad material para respaldar las operaciones documentadas.
Entre los nombres que se pueden observar están Roberto Aguilar Salinas, Germán Alejandro Barron Martínez, Cruz Camargo Trinidad, Rosendo Javier Gutiérrez Camarillo, Flora Uriostegui Santamaria, Luis Fernando Hernández Luevano y Honorio Herrera Moscosa.

También figuran Mily Sahamara Iribe Rubio, Mónica Vanessa Jimenez Quiñones, Maria Balvaneda Moroyoqui Pérez, Hamilton del Carmen Nieto Morales, Tomas Uscanga Gallardo y Reyna Uriostegui Benitez, entre otros.
El objetivo es evitar involucrarse con este tipo de prácticas: SAT
Con esta nueva publicación, la dependencia a cargo Antonio Martínez Dagnino tiene como objetivo que se identifique a las empresas y personas que emiten comprobantes fiscales por operaciones inexistentes y evitar involucrarse en ese tipo de prácticas.
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SAT pide aprovechar el programa para regularizar adeudos
Los contribuyentes todavía pueden aprovechar las facilidades del Programa de Regularización Fiscal 2026 para pagar sus adeudos. El esquema permite reducir hasta el 100 por ciento de multas, recargos y gastos de ejecución antes de que termine el año, recordó el SAT.
“Si bien la fecha límite para presentar la solicitud vence el próximo 31 de octubre, las y los contribuyentes aún pueden acceder al pago en dos parcialidades presentando su solicitud a más tardar el 15 de octubre, por lo que el SAT invita a las personas y empresas interesadas a presentar la solicitud correspondiente para que no pierdan esta oportunidad”, explicó la autoridad fiscal en un comunicado el pasado 7 de octubre.
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¿Quiénes se benefician de este programa de la autoridad tributaria?
Los beneficios del programa están dirigidos a personas o empresas cuyos ingresos totales durante el ejercicio fiscal 2024 no superaron los 300 millones de pesos.

El esquema también aplica para contribuyentes con adeudos por contribuciones federales o cuotas compensatorias no determinadas por la autoridad, que estén sujetos a facultades de comprobación, así como para quienes tengan créditos fiscales firmes determinados por el SAT o por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).
Para ingresar a este esquema, los contribuyentes pueden acudir de manera presencial a alguna de las oficinas del SAT o realizar el trámite en línea.
Continúa la lucha contra los “factureros”, ya que el SAT publicó en el DOF una nueva lista negra donde exhibe a más de 100 “contribuyentes” fraudulentos.
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