
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válidos este 27 de agosto los decretos que fijan aranceles temporales a la importación de mercancías textiles y de confección, una decisión que mantiene vigentes las medidas publicadas el 19 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación y respalda la facultad del Ejecutivo Federal para modificar cuotas de importación cuando lo estime urgente.
De acuerdo con el comunicado de la SCJN, el fallo se emitió al resolver el Amparo en Revisión 222/2026 en sesión de Pleno. El asunto se centró en el Decreto por el que se modifica la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y en el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación.
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La resolución respondió de forma directa al punto central del litigio: la SCJN concluyó que ambos decretos sí exponen las razones que justifican la imposición de aranceles temporales a diversas mercancías de las industrias textil y de confección.
La Corte sostuvo que los decretos sí justifican los aranceles temporales

Según la SCJN, las disposiciones impugnadas explican que la medida busca proteger a la industria nacional frente a prácticas que afectan su competitividad y el empleo. El Pleno consideró suficiente esa motivación para sostener la validez de los decretos.
El comunicado también precisó que las mercancías incluidas en esas disposiciones no solo se destinan al consumo final. También se usan en otras actividades productivas, entre ellas las industrias automotriz, del mueble, del papel y del juguete.
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Ese dato fue parte de la justificación revisada por el Máximo Tribunal. La Corte tomó en cuenta que los bienes sujetos a los aranceles temporales forman parte de cadenas productivas más amplias y, por esa razón, su regulación incide en distintos sectores manufactureros.
El artículo 49 da facultades extraordinarias al Ejecutivo Federal

La SCJN sostuvo además que la Constitución otorga facultades a la presidenta para promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión. Sobre esa base, el Pleno examinó el sustento constitucional de los decretos impugnados.
En particular, la SCJN señaló que el artículo 49 en su párrafo segundo reconoce facultades extraordinarias al Ejecutivo Federal para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación expedidas por el Congreso de la Unión. También le permite crear otras, así como restringir o prohibir importaciones, exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente.
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De acuerdo con el comunicado, esas facultades pueden ejercerse para regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional o cualquier otro propósito en beneficio público. Con ese criterio, el Pleno validó los decretos publicados en el 2024.
Gobierno de México pide a Estados Unidos frenar nuevos aranceles durante revisión del T-MEC
México pidió a Estados Unidos frenar aranceles nuevos mientras avanza la revisión del T-MEC, una negociación que comenzó el pasado 1 de julio y que el gobierno de Claudia Sheinbaum considera central para proteger exportaciones, cadenas de suministro y sectores como el automotriz, el siderúrgico y el aguacatero, informó el secretario de Economía, Marcelo Ebrard Casaubon, el pasado 13 de agosto .
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Durante su participación en el lanzamiento de InnovaFest Querétaro, Ebrard dijo que la estrategia mexicana consiste en mantener contacto constante con autoridades de Washington para defender los intereses comerciales del país. La siguiente ronda de revisión del tratado está prevista para septiembre en la capital estadounidense.
Según lo expuesto por el funcionario, alrededor de 85% de las mercancías mexicanas que cumplen con las reglas de origen conserva beneficios del T-MEC. También sostuvo que el arancel efectivo promedio que paga México ronda 3.4%, una tasa que, de acuerdo con sus cálculos, es menor a la de otros grandes exportadores al mercado estadounidense.
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