Es oficial, arrancarán sanciones a scooters y biciletas eléctricas en CDMX: sin licencia tu vehículo podría ir al corralón

La nueva norma para vehículos eléctricos personales activa un conteo que cancela el permiso al llegar a 12 faltas y castiga con 21 mil 115 pesos por circular pese a la inhabilitación

Un agente con chaleco reflectante coloca un monopatín en una plataforma junto a un joven de rodillas en la calle.
La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) será la encargada de aplicar las infracciones en vía pública. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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La Ciudad de México activará operativos y multas contra scooters y bicicletas eléctricas sin registro a partir del 1 de septiembre de 2026, con sanciones que van desde $1,173 pesos hasta el corralón, en una regulación que alcanza a un universo estimado de más de 200 mil vehículos de los cuales apenas 1,754 han completado el trámite.

La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) será la encargada de aplicar las infracciones en vía pública. Los conductores que sean detenidos sin placa o sin licencia recibirán una boleta con monto calculado en Unidades de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor en 2026 es de $117.30 pesos.

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Clara Brugada Molina, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, encabeza una conferencia sobre 'Más Seguridad Vial' y 'Mejor Movilidad'. sobre nuevas regulaciones para scooters y bicicletas eléctricas. (Gob. CDMX)

La licencia: qué tipo necesitas, cómo tramitarla y cuánto cuesta

Este es el requisito que menos notas han detallado. Los conductores de VEMEPE deben tramitar una licencia tipo A1 o A2 ante la Semovi, según el tipo de vehículo que conduzcan.

La A1 —exclusiva para moto o scooter— cuesta $572 pesos y tiene vigencia de tres años. La A2 —válida también para automóvil particular— tiene un costo de $1,142 pesos con la misma vigencia.

El proceso no es inmediato. Requiere crear una cuenta LlaveCDMX, acudir a un centro certificador autorizado por la Semovi, aprobar un curso teórico y una evaluación práctica de conducción —ambos gratuitos en CDMX—, pagar la línea de captura y agendar cita en un módulo de Control Vehicular. Sin la constancia de evaluación aprobada, el trámite no puede completarse.

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El sistema de puntos que pocos conocen

Un policía de tránsito escribe una multa a un hombre junto a un scooter negro en una calle urbana. El policía viste uniforme y chaleco reflectante.
Este sistema aplica directamente a los conductores de VEMEPE, ya que la nueva regulación los homologa con los motociclistas. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las infracciones de tránsito en la Ciudad de México no solo generan multa económica: cada boleta activa un contador en el historial del conductor. El artículo 66 del Reglamento de Tránsito de la CDMX establece que al acumular 12 puntos de penalización, la Secretaría de Movilidad cancela la licencia de forma automática.

Este sistema aplica directamente a los conductores de VEMEPE, ya que la nueva regulación los homologa con los motociclistas. La mayoría de las infracciones suman un punto, pero hay conductas que escalan de forma drástica.

Conducir bajo los efectos del alcohol suma 6 puntos de golpe —la penalización más alta del reglamento—, además de arresto administrativo de entre 20 y 36 horas y la remisión del vehículo al depósito. Exceder el límite de velocidad en más del 40% suma 5 puntos. Conducir bajo efectos de sustancias psicotrópicas, otros 5 puntos.

Los puntos no son permanentes: tienen vigencia de un año a partir de la fecha de la boleta. Si una infracción es anulada por resolución judicial o administrativa, los puntos correspondientes se descuentan del historial. El conteo solo avanza cuando la licencia del conductor queda identificada en la boleta al momento de la detención.

Qué pasa si te cancelan la licencia

Primer plano cenital de una licencia de conducir permanente de la CDMX cancelada con un sello rojo, rodeada de multas de tránsito y un bolígrafo verde sobre una mesa de madera clara.
Quien conduzca con la licencia cancelada enfrenta consecuencias inmediatas: remisión del vehículo al corralón más una multa de 180 UMA (Imagen Ilustrativa Infobae)

La cancelación no exime del pago de las multas económicas acumuladas. El conductor queda inhabilitado para manejar cualquier vehículo en la ciudad durante tres años, plazo mínimo para solicitar la reexpedición.

Quien conduzca con la licencia cancelada enfrenta consecuencias inmediatas: remisión del vehículo al corralón más una multa de 180 UMA, equivalente a $21,115.80 pesos con el valor de la UMA vigente en 2026, sin contar los gastos de arrastre y estancia en el depósito. No existe vía de acortamiento del plazo ni proceso de reinserción anticipada contemplado en el reglamento.

Qué vehículos están obligados a registrarse

No todo scooter o bicicleta eléctrica entra en la categoría que exige emplacamiento. La Secretaría de Movilidad (Semovi) define como Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE) a los que superan los 25 km/h y cuentan con motor de entre 250 y 1,000 watts.

Se subdividen en tipo A —menos de 35 kilogramos— y tipo B —entre 35 y 350 kilogramos—. Los vehículos que no alcanzan esos umbrales se clasifican como Vehículos Eléctricos Personales (VEP): no necesitan placa, pero sí registro gratuito y el Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME).

La regulación fue presentada el 5 de mayo por la jefa de Gobierno Clara Brugada como una homologación de los VEMEPE con las reglas aplicables a las motocicletas.

La brecha entre los que deben registrarse y los que lo han hecho

El secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, informó a Chilango que durante el primer mes del periodo de regularización se registraron alrededor de 2,000 VEMEPE. Una nota posterior de La Razón precisó que, a principios de agosto, la cifra era de 1,440 unidades.

La Semovi reportó a mediados del mismo mes un total acumulado de 1,754 vehículos registrados. La autoridad estima que el parque total de VEMEPE y VEP en circulación supera las 200 mil unidades.

Multas, reincidencia y cuándo va al corralón

Hombre detenido por tres policías de CDMX en la calle. Patinete eléctrico en primer plano, vehículo policial con luces intermitentes al fondo.
Las restricciones varían según el tipo. El tipo A no puede circular en vialidades con límite de velocidad de 40 km/h. El tipo B de dos ruedas tiene vedadas las vías con más de 50 km/h. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las primeras dos infracciones equivalen a 10 UMA, aproximadamente $1,173 pesos. La tercera y cuarta suben a 15 UMA, unos $1,762 pesos. A partir de la quinta reincidencia, la sanción alcanza los 20 UMA, cerca de $2,346 pesos.

La remisión al corralón aplica de forma específica cuando el conductor invade un carril confinado de Metrobús o Trolebús. Esa infracción también genera una multa de entre 40 y 60 UMA, es decir, de $4,692 a $7,038 pesos.

Las infracciones se consultan y pagan en infracciones.cdmx.gob.mx con cuenta LlaveCDMX, o en módulos de la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF). Para impugnar una boleta, el conductor debe presentar escrito ante el Juzgado Cívico correspondiente dentro del plazo indicado en la misma.

Dónde pueden y dónde no pueden circular

Los VEMEPE tienen prohibido transitar en banquetas, ciclovías, carriles confinados del transporte público y carriles centrales de vías de acceso controlado.

Las restricciones varían según el tipo. El tipo A no puede circular en vialidades con límite de velocidad de 40 km/h. El tipo B de dos ruedas tiene vedadas las vías con más de 50 km/h. El tipo B de tres o más ruedas no puede ingresar a vialidades que superen los 40 km/h.

Además, es obligatorio mantener las luces encendidas durante todo el trayecto, no circular entre carriles —salvo cuando el tránsito esté detenido—, no invadir el paso peatonal, circular preferentemente por el carril derecho y no conducir bajo los efectos del alcohol u otras sustancias. El incumplimiento de cualquiera de estas reglas puede generar multas de entre 10 y 30 UMA, equivalentes a $1,173 y $3,519 pesos, a partir del 1 de septiembre.

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