
La Ley de Movilidad de la Ciudad de México establece que durante agosto de 2026 las autoridades pueden retirar el permiso de conducir a quienes acumulen ciertas infracciones, con análisis caso por caso y aplicación inmediata según el historial del conductor y la gravedad de la falta.
La Secretaría de Movilidad mantiene vigente la facultad de suspender o cancelar la licencia si el conductor reincide en manejar bajo los efectos del alcohol o sustancias.

Reincidencia y sanciones: cuándo procede la suspensión o cancelación
Una primera sanción por manejar en estado de ebriedad puede derivar en una suspensión de hasta un año, además de la obligación de someterse a tratamiento por adicciones. Si el conductor es sancionado por segunda vez en un año o por tercera ocasión en tres años por la misma conducta, la autoridad puede iniciar el proceso para cancelar de manera definitiva el documento. También aplica cuando se acumulan dos suspensiones previas o si la infracción se comete bajo los efectos de estupefacientes o psicotrópicos.
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El artículo 68 de la Ley de Movilidad señala que, cuando una persona causa daños a terceros y no los repara, puede perder el permiso. La autoridad revisa individualmente cada expediente y decide la sanción en función del historial y la gravedad. Esta revisión caso por caso busca reforzar la seguridad vial en la CDMX.

Transporte público: retiro inmediato de la licencia desde la primera falta
La normativa es especialmente estricta con quienes prestan servicio de transporte público o de carga. En estos casos, la cancelación de la licencia de conducir puede proceder desde la primera falta relacionada con alcohol o drogas, sin necesidad de comprobar reincidencia. Estas reglas aplican únicamente en la capital y no constituyen una política federal.
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Las medidas no son nuevas: forman parte del marco legal vigente y se aplican de forma continua por la Semovi. La cancelación definitiva de la licencia se reserva para conductas reiteradas o graves, mientras que el retiro inmediato es posible en el transporte público desde la primera infracción por sustancias.
¿Cómo tramitar la licencia de conducir en la CDMX?
El trámite para obtener la licencia de conducir en la Ciudad de México exige presentar el comprobante de pago, generado a través de la página de la Secretaría de Administración y Finanzas, con un monto de $1,500 para la modalidad Permanente o $1,142 para la Tipo A con vigencia de 3 años.
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Además, se requiere identificación oficial —puede ser INE, pasaporte o cartilla—, comprobante de domicilio de la CDMX con una antigüedad máxima de tres meses (recibo de agua, luz o predial), CURP y contar con una cuenta activa en Llave CDMX. El pago debe reflejarse mediante la línea de captura correspondiente.

El examen teórico resulta obligatorio para quienes solicitan la licencia por primera vez o gestionan la permanente sin antecedentes previos de licencia tipo A en la ciudad. Una vez reunidos los requisitos y efectuado el pago, el siguiente paso consiste en agendar cita en los módulos de la Semovi CDMX o a través del portal en línea mediante la cuenta Llave CDMX.
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