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Huelga en el Nacional Monte de Piedad: La Suprema Corte atrae el caso

El Máximo Tribunal definirá en los próximos días si ejerce la atracción del amparo en revisión

monte de piedad 
PALABRAS CLAVE: monte de piedad; huelga
La decisión de la Suprema Corte definirá si revisa la validez legal del paro en Nacional Monte de Piedad, un conflicto laboral que suma más de 10 meses. CRÉDITO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite el recurso sobre la declaratoria de inexistencia de la huelga en Nacional Monte de Piedad y en los próximos días su pleno votará si atrae el caso, una decisión que definirá si revisa la validez legal del paro que suma más de 10 meses de conflicto laboral.

Según La Jornada, si la SCJN rechaza estudiar el asunto, el expediente volverá a un tribunal colegiado en materia de trabajo, cuyos magistrados deberán resolver de forma definitiva el conflicto que estalló el 1 de octubre de 2025 en más de 300 sucursales de la institución prendaria.

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El recurso fue admitido el pasado 5 de agosto, a solicitud del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, para conocer el amparo en revisión 33/2026. El pleno del Máximo Tribunal decidirá mediante votación si revisa o no el expediente.

La petición de estudio fue promovida por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Nacional Monte de Piedad ante un tribunal colegiado en materia laboral. Ese órgano remitió a la SCJN el expediente relacionado con la declaratoria de inexistenciade la huelga que un juez de distrito resolvió en febrero pasado al conceder un amparo a la administración del NMP.

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La revisión de la Corte se limitaría a tres supuestos legales

El pleno del máximo tribunal federal estableció lineamientos más precisos para la transmisión de permisos
Si la Suprema Corte atrae el caso, su revisión se limita a determinar si la declaratoria encuadra en los supuestos del artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

Si la SCJN decide atraer el caso, su análisis se limitará a definir si la declaratoria de improcedencia encuadra en alguno de los tres supuestos previstos en el artículo 459 de la Ley Federal del Trabajo. Esa revisión no implica que el tribunal pueda ordenar el regreso de los trabajadores a sus labores.

El punto central del expediente es la legalidad de la declaratoria que dejó sin efectos la huelga, no la resolución integral del conflicto laboral. Por eso, la votación del pleno determinará primero si la SCJN interviene y bajo qué alcance jurídico.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social reconoció en mayo pasado que las negociaciones para resolver el paro se encontraban en un “punto muerto”. Ante ese escenario, planteó una ruta de solución basada en elaborar una propuesta que respete el contrato colectivo de trabajo y la legislación laboral.

Desde entonces, la dirigencia sindical encabezada por Arturo Zayún y la representación legal del patronato del NMP han sostenido reuniones de conciliación en la dependencia y en el Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos. Según el gremio, esos encuentros se han desarrollado “en buenos términos y en aras de llegar a un acuerdo.

El sindicato atribuye la huelga a ocho violaciones al contrato colectivo

Monte de Piedad, huelga
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social reconoció que la negociación del paro está en “punto muerto”. Crédito: Cuartoscuro

De acuerdo con el sindicato, la huelga fue provocada por ocho violaciones al contrato colectivo de trabajo. Entre ellas, señaló el desconocimiento de las comisiones mixtas de Escalafón y de Eficiencia, que son las encargadas de realizar promociones y ascensos de los trabajadores.

Ese señalamiento forma parte del fondo del conflicto que comenzó hace más de 10 meses en una institución de empeño con más de 250 años de historia. La resolución sobre si la SCJN revisa el caso marcará el cauce jurídico de una disputa que sigue abierta entre el patronato y el sindicato.

Trabajadores rechazan cambios en la “boletinación de plazas” y en ascensos en Nacional Monte de Piedad

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PALABRAS CLAVE: monte de piedad; huelga
Trabajadores rechazan cambios en la “boletinación de plazas” y piden garantías en ascensos y vacantes. CRÉDITO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

Entre las exigencias del gremio está el respeto al contrato vigente. También rechazó modificaciones en la asignación de plazas, en particular el sistema de “boletinación de plazas”, que define vacantes y ascensos dentro de la institución.

Los trabajadores sostienen que esos cambios afectan sus derechos y su antigüedad. La empresa, en contraste, defendió un modelo más automatizado y transparente para cubrir puestos.

Otro de los reclamos es la presunta intención de debilitar o incluso desaparecer la representación sindical. El gremio también pidió garantías en los procesos de ascenso y vacantes para evitar decisiones unilaterales. La parte económica forma parte del pliego de demandas, hay peticiones sobre salarios, prestaciones y estabilidad laboral.

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