FGR acusa a Ken Salazar de violar tratados internacionales tras captura de El Mayo Zambada: estas serían las posibles sanciones

El exembajador estadounidense habría transgredido tres instrumentos del derecho internacional

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Conferencia de Ken Salazar cuando se encontraba en funciones de embajador. (imagen ilustrativa) REUTERS/Raquel Cunha
Conferencia de Ken Salazar cuando se encontraba en funciones de embajador. (imagen ilustrativa) REUTERS/Raquel Cunha

La Fiscalía General de la República (FGR) señaló este 8 de julio que el entonces embajador de Estados Unidos en México, Ken Salazar, habría mentido al gobierno mexicano sobre la captura de Ismael “El Mayo” Zambada, ocurrida el 25 de julio de 2024, al negar que agentes estadounidenses participaron en la operación.

De confirmarse la participación del FBI en el operativo, la FGR advirtió que Salazar habría violado tres instrumentos del derecho internacional, lo que abre la puerta a consecuencias en el plano diplomático e institucional.

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En conferencia de prensa encabezada por la fiscal general Ernestina Godoy Ramos, la institución precisó que el 9 de agosto de 2024 Salazar sostuvo que su gobierno no participó en la extracción de Zambada desde Sinaloa hasta Nuevo México, que no fue una aeronave estadounidense ni el piloto ni los agentes eran de su país, y que se trató de una operación entre los cárteles.

El doctor Raúl Armando Jiménez Vázquez, titular de la Fiscalía Especializada de Control Competencial (FECOC), aclaró que esa declaración constituyó una violación al principio de buena fe que rige las relaciones diplomáticas internacionales, aunque precisó que mentir no convierte a Salazar en copartícipe del operativo.

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La FGR señaló tres violaciones al derecho internacional en las declaraciones de Salazar

A petición de la fiscal Godoy Ramos —quien cedió la palabra a Jiménez Vázquez por su especialidad en derecho internacional—, el funcionario enumeró los tres instrumentos internacionales que Salazar habría transgredido.

El primero fue el artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas, que consagra el principio de buena fe entre Estados.

Raúl Armando Jiménez Vázquez, titular de la Fiscalía Especializada de Control Competencial de la FGR, durante la conferencia de prensa sobre el caso El Mayo Zambada. Crédito: FGR
Raúl Armando Jiménez Vázquez, titular de la Fiscalía Especializada de Control Competencial de la FGR, durante la conferencia de prensa sobre el caso El Mayo Zambada. Crédito: FGR

El segundo, el artículo 26 de la Convención de Viena sobre derecho de los tratados —referida por el funcionario como “el tratado de tratados”—, que establece el principio pacta sunt servanda: los tratados deben cumplirse de buena fe.

El tercero, las prohibiciones de la Convención de Viena de 1961 sobre relaciones diplomáticas.

El funcionario subrayó que cuando un embajador habla, lo hace en representación del Estado que lo acredita. Por ello, la declaración de Salazar no fue solo una afirmación personal, sino un posicionamiento del propio gobierno de Estados Unidos ante México.

La inmunidad diplomática blinda a Salazar de consecuencias penales

Jiménez Vázquez fue explícito en que las consecuencias para Salazar no son de naturaleza penal: en otras palabras, no puede ser arrestado ni procesado por México.

La Convención de Viena de 1961 otorga a los agentes diplomáticos inmunidad frente a la jurisdicción criminal del Estado receptor, por lo que México no puede procesarlo. Solo Estados Unidos tendría esa facultad, ya sea por iniciativa propia o si decide renunciar a la inmunidad de su exfuncionario.

Jiménez no precisó si esa protección aplica ahora que Salazar ya no ocupa el cargo. En términos generales, el derecho internacional distingue entre actos realizados en el ejercicio de funciones diplomáticas —que siguen protegidos tras dejar el cargo— y actos de carácter personal, que no. La declaración del 9 de agosto de 2024 fue hecha por Salazar en su calidad de embajador en funciones, lo que la ubicaría en el primer supuesto.

Estas serían las posibles consecuencias en el plano diplomático

Los tres instrumentos citados por la FGR habilitan distintas vías. La violación al artículo 2 de la Carta de la ONU permite a México presentar una reclamación formal ante el Consejo de Seguridad o la Asamblea General.

La transgresión al artículo 26 de la Convención de Viena sobre derecho de los tratados abre la posibilidad de llevar el caso ante la Corte Internacional de Justicia por incumplimiento del tratado bilateral de asistencia jurídica.

Ken Salazar, exembajador de Estados Unidos en México, quien dejó el cargo el 7 de enero de 2025. REUTERS/Raquel Cunha
Ken Salazar, exembajador de Estados Unidos en México, quien dejó el cargo el 7 de enero de 2025. REUTERS/Raquel Cunha

La Convención de Viena de 1961 es la que establece la consecuencia más concreta: México podría declarar a Salazar persona non grata. Salazar ya no ejerce como embajador, lo que complica la aplicación de esa figura.

En la conferencia, Jiménez Vázquez no precisó qué medida contempla la FGR ni en qué plazo. Únicamente revelaron que se ha presentado una nueva solicitud a EEUU para esclarecer la presunta operación de agentes del FBI.

De acuerdo con los textos de ambos tratados consultados por Infobae México, ninguno de los tres instrumentos establece sanciones penales directas, tal y como lo señaló Jiménez.

Las consecuencias previstas son de naturaleza diplomática e institucional, y su aplicación depende en todos los casos de la voluntad política de los Estados involucrados.

Esto fue lo que dijo Salazar el 9 de agosto de 2024

El entonces embajador Ken Salazar ofreció una conferencia de prensa el 9 de agosto de 2024 en respuesta a los cuestionamientos del expresidente Andrés Manuel López Obrador, quien señaló que Estados Unidos no había entregado información suficiente sobre la captura de Zambada.

Momento en que los presuntos líderes del Cártel de Sinaloa descendieron de la aeronave tipo Beechcraft King Air. Cortesía: Pie de Nota
Momento en que los presuntos líderes del Cártel de Sinaloa descendieron de la aeronave tipo Beechcraft King Air. Cortesía: Pie de Nota

En esa ocasión, Salazar afirmó que El Mayo fue trasladado al aeropuerto privado de Santa Teresa, Nuevo México, en contra de su voluntad. Señaló que Joaquín Guzmán López se entregó de forma voluntaria y descartó cualquier participación de agentes estadounidenses en la operación.

Según el entonces embajador, la evidencia en poder de su gobierno indicaba que se trató de “una operación entre los cárteles donde uno se entregó al otro”.

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