
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito admitió a trámite este 30 de junio el recurso de revisión que interpuso la Fiscalía General de la República (FGR) contra el amparo concedido a Abraham Oseguera Cervantes, "Don Rodo“, hermano del difunto líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), Nemesio Oseguera Cervantes, "El Mencho“.
Con ello, el tribunal de alzada deberá resolver si confirma, modifica o revoca la protección judicial que frenó la vinculación a proceso del presunto operador financiero del cartel.
El amparo en disputa fue otorgado semanas atrás por Daniel Marcelino Niño Jiménez, juez Cuarto de Distrito en Materia Penal con sede en el Estado de México. Niño Jiménez determinó que el juez de control había reclasificado de manera indebida el delito de posesión de armas de fuego por el de portación, una distinción que, según el juez de amparo, violó la presunción de inocencia de Oseguera Cervantes y de tres de sus supuestos colaboradores.
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La resolución no ordenó la libertad de "Don Rodo“, pero sí mandató al juez de control dejar sin efecto la vinculación a proceso y emitir una nueva resolución. Fue esa orden la que la FGR buscó revertir mediante el recurso admitido hoy.
Qué argumentó el juez de amparo
El amparo fue promovido por cuatro personas: Abraham Oseguera Cervantes, Arnulfo Toscano Quintero, Felipe Isidro Santos y Luis Enrique Flores Álvarez. En el documento, los quejosos alegaron violaciones a sus derechos fundamentales con base en los artículos 1, 14, 16, 17, 19 y 20 de la Constitución, así como en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos.
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El juez Niño Jiménez acogió el argumento central: que la reclasificación del delito de posesión a portación de armas alteró de forma indebida los términos de la imputación original.
Al admitir el recurso de revisión de la FGR, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito abrió la puerta a que esa decisión sea reexaminada. El órgano colegiado tiene tres opciones: confirmar el amparo y sostener la protección a "Don Rodo“, modificar los términos de la resolución o revocarla por completo para que el proceso penal continúe.
La detención y el historial judicial de “Don Rodo”
Abraham Oseguera Cervantes fue recapturado el 27 de febrero de 2025 en el municipio de Tonaya, Jalisco, en un operativo que combinó vigilancia móvil e inteligencia de las Fuerzas Federales. Las autoridades lo localizaron en el poblado de Atarjeas de Covarrubias. Durante el arresto, elementos de la Guardia Nacional confiscaron armamento, dinero en efectivo y dosis de droga, aunque la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) no precisó las cantidades exactas.
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No era su primera detención, pues el 21 de abril de 2024, la Guardia Nacional lo capturó en el fraccionamiento Hacienda Real, en Autlán de Navarro, Jalisco. Sin embargo, nueve días después, es decir, el 30 de abril, un juez federal ordenó su liberación del Penal del Altiplano al determinar que la FGR no había aportado pruebas suficientes para sostener la acusación ni acreditar la legalidad de la detención.
El 30 de junio de 2025, exactamente un año antes de la admisión del recurso de la FGR, Oseguera Cervantes también obtuvo una suspensión provisional para evitar ser entregado en extradición a Estados Unidos.
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El papel de “Don Rodo” en el CJNG
De acuerdo con la SSPC, Abraham Oseguera fungía como el principal operador financiero del CJNG. Su función central era el lavado de dinero para su hermano "El Mencho" mediante la compra de ranchos, terrenos y propiedades en Jalisco.

Para concretar esas operaciones, se apoyaba en notarios públicos de Ciudad Guzmán y Autlán de Navarro con el fin de gestionar cambios de titularidad en inmuebles adquiridos con recursos de procedencia ilícita.
La misma fuente señaló que Virginia León Osornio, esposa de Oseguera Cervantes, también estaría involucrada en actividades ilícitas: según esa información, invertiría dinero ilegal en minas de oro en Michoacán y Nayarit para fortalecer el patrimonio financiero del CJNG.
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