
La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) de la Ciudad de México negó autorización al evento “Ritual del Agua”, programado para el próximo 2 de mayo en el Embarcadero Cuemanco, debido a que vulnera la normatividad para Áreas Naturales Protegidas y representaría un riesgo para el equilibrio ecológico del sistema lacustre y chinampero de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco, según el comunicado oficial difundido hoy por la dependencia.
Dicha alerta obedece a la preocupación sobre afectaciones directas al ecosistema y a los modos de vida de las comunidades locales que dependen de estos recursos.
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El evento contempla la presencia de aproximadamente 250 personas y recorridos en trajineras. La Sedema advierte que la autorización es indispensable para cualquier actividad en el área, por lo que la realización del evento carece de sustento legal. Detalla que el programa considera la probable venta de bebidas alcohólicas, lo cual agrava el potencial de afectación ambiental.
El reglamento vigente prohíbe eventos con sonido y luces en el área de Xochimilco

El decreto de protección sobre los Ejidos de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco data del 8 de diciembre de 2006, mientras que el Programa de Manejo aplica desde el 26 de febrero de 2018. Este documento delimita los usos permitidos y prohíbe actividades que puedan afectar la biodiversidad, los servicios ambientales y el patrimonio agroecológico de la zona.
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Según la Sedema, el aglutinamiento de gente que implica el evento, junto con la generación de residuos y la posible venta de alcohol, crea un riesgo: “Los eventos masivos generan sonidos, luces y concentración de personas que pueden interrumpir ciclos biológicos de especies sensibles, desplazar fauna, compactar suelos y contaminar canales y humedales”, advirtió el comunicado difundido por la dependencia este 22 de abril.
El documento enfatiza que estas afectaciones podrían deteriorar las estructuras chinamperas y alterar el modo de vida de las comunidades aledañas.
Sedema insiste en diálogo vigilado y en la defensa del territorio

La Sedema argumentó que el “Ritual del Agua” no cuenta con Opinión de Uso de Suelo emitida por la autoridad ambiental, lo que es un requisito indispensable para cualquier actividad en Áreas Naturales Protegidas. Por esta razón, el evento contraviene lo estipulado en la normatividad vigente.
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La decisión de prohibición se apoya en las siguientes disposiciones:
- Las reglas 99 y 108 del Programa de Manejo del ANP establecen que están prohibidos eventos que generen sonidos, luces o vibraciones que afecten la flora, fauna, suelos o agua.
- El artículo 50 del Reglamento de la Ley Ambiental para el Distrito Federal impide acciones que comprometan recursos naturales en estos territorios.
- La Norma Ambiental NADF-005-AMB-2013 fija límites para emisiones sonoras en la capital.
- El Capítulo III de la Ley Ambiental de la Ciudad de México contempla sanciones administrativas, clausuras y medidas de remediación para quien incumpla los instrumentos de ordenamiento ecológico.
Sedema subrayó que mantiene su compromiso de garantizar que el uso social, recreativo o turístico del ANP se realice en estricto apego al marco regulatorio. Exhorta a las personas organizadoras, propietarias de predios, colectivos y ciudadanía en general a respetar el ordenamiento ecológico.
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El comunicado aclara que los canales de diálogo están abiertos para quienes deseen llevar a cabo actividades en el área, siempre que respeten los criterios de sustentabilidad y legalidad.
De acuerdo con la Sedema, el trabajo en coordinación con comunidades locales y productores chinamperos continuará para fortalecer el modelo de manejo integral. Además, la dependencia reitera que mantendrá vigilancia constante sobre proyectos, eventos o actividades en Áreas Naturales Protegidas, Suelo de Conservación o Áreas de Valor Ambiental. El objetivo es prevenir afectaciones negativas y garantizar la conservación de este ecosistema, considerado único a nivel mundial.
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