Proponen sancionar violencia sexual cometida por conductores de transporte público y por aplicación

Esta reforma plantea un cambio en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial y el Código Penal Federal

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Van por sancionar acoso sexual por parte de conductores
Van por sancionar acoso sexual por parte de conductores

La diputada Maribel Martínez Ruiz, integrante del Partido del Trabajo, presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados que propone establecer sanciones administrativas y penales más severas para conductores de transporte público y de servicios privados bajo aplicación digital que cometan actos de acoso, hostigamiento, abuso o cualquier forma de violencia sexual contra personas usuarias durante la prestación del servicio o con motivo de este.

La propuesta busca modificar tanto la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial como el Código Penal Federal, con el objetivo de garantizar entornos de movilidad seguros y libres de violencia sexual en México. El documento planteado insiste en que la respuesta debe ser integral y con enfoque de género, comprometiendo también a concesionarios, permisionarios y empresas operadoras.

Las sanciones podrían ser permanentes

La iniciativa, de acuerdo con lo informado por la Cámara de Diputados, prevé que, en caso de comprobarse la infracción, habrá cancelación definitiva de las licencias y permisos de conducir, además de la revocación de concesiones o registros para operar, e inhabilitación permanente para prestar servicios de transporte. Estas medidas administrativas se aplicarán sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondan.

Delfina Gómez, gobernadora del Estado de México, indicó que su administración busca eliminar el acoso en la entidad. Foto: X/@delfinagomeza.
Delfina Gómez, gobernadora del Estado de México, indicó que su administración busca eliminar el acoso en la entidad. Foto: X/@delfinagomeza.

Un elemento destacado es el agravante cuando la víctima sea niña o adolescente. En estos supuestos, las sanciones administrativas se impondrán con el máximo rigor, en atención al principio del interés superior de la niñez. El artículo 266 Bis del Código Penal Federal, según el documento impulsado por Martínez Ruiz, sería modificado para aumentar hasta en una mitad el mínimo y máximo de las penas previstas para el abuso sexual y la violación si el responsable es conductor de transporte público o privado vía plataforma. El infractor quedará inhabilitado de manera permanente para ejercer estas actividades, una disposición primordial para la protección de los usuarios más vulnerables.

El texto presentado sostiene que además de sancionar a los conductores responsables, las empresas de transporte y plataformas digitales tendrán que asumir obligaciones precisas para proteger de manera efectiva a las personas usuarias. Entre estas obligaciones están: brindar auxilio inmediato a cualquier víctima, contar con protocolos de emergencia, denuncia y atención que se activen de forma inmediata en casos de violencia sexual, y colaborar de manera plena y oportuna con las autoridades competentes durante una investigación.

Víctimas son 60% mujeres

Según los datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en 2025 se reportaron más de 61 mil 713 delitos sexuales en todo el país, de los cuales casi 8 mil 704 corresponden a casos de acoso sexual.

Investigaciones revelan que en la Zona Metropolitana del Valle de México más del 60 % de las mujeres han sido víctimas de acoso o violencia sexual en el transporte público. Esta realidad limita gravemente su libertad de movimiento y bienestar, y condiciona el ejercicio del derecho humano a la movilidad en condiciones de seguridad y dignidad, además de restringir su participación plena en la vida económica, social y educativa.