
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), deberá pagar una indemnización por daño moral a la periodista Lourdes Mendoza.
El Pleno de la Suprema Corte resolvió desechar un amparo interpuesto por Emilio Lozoya, en el cual pretendía evitar esta sentencia iniciada en 2020, y determinó de manera definitiva que debe pagar 500 mil pesos a la columnista.
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Antecedentes del caso
En el año 2020 se hizo pública una denuncia que Emilio Lozoya presentó ante la Fiscalía General de la República (FGR), relacionada con sobornos entre funcionarios públicos con dinero de la constructora Odebrecht.
En su denuncia, el exfuncionario aseguraba que la periodista Lourdes Mendoza recibió una bolsa de lujo de parte de quien fuera secretario de Relaciones Exteriores durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, Luis Videgaray.
El exfuncionario aseguró en su denuncia que él compró esa bolsa por órdenes de Videgaray, y detalló que Lourdes Mendoza formaba parte de los periodistas sobornados para mantener cobertura a favor del gobierno de entonces.
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La respuesta de la periodista Lourdes Mendoza, especializada en finanzas y economía, fue interponer una demanda en contra del exfuncionario de Pemex.
En 2022, un juez de la Ciudad de México resolvió a su favor. Fue entonces cuando se determinó que el exfuncionario había hecho señalamientos falsos que afectaron el la reputación de la periodista, así como su integridad.
Al respecto, el exfuncionario intentó defenderse e interpuso un amparo, el que fue desechado por unanimidad por la Suprema Corte.

Sentencia de la Suprema Corte
El amparo directo en revisión 555/2024 fue sometido a consideración del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra.
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Durante la sesión, las ministras y ministros evaluaron el contenido del recurso, concluyendo que no existía materia de constitucionalidad que justificara la intervención de la Suprema Corte en el asunto.
Bajo este argumento, el Pleno determinó la improcedencia del amparo y, sin mayor deliberación, acordó de manera unánime desecharlo.
Con el fallo, quedó firme la sentencia que obliga a Emilio Lozoya a cubrir un pago de 500 mil pesos a Lourdes Mendoza como indemnización por el daño moral ocasionado.
La indemnización fue establecida como medida de reparación por las afectaciones a la reputación y la integridad de la periodista derivadas de declaraciones y señalamientos realizados por Lozoya.
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Al respecto, la comunicadora celebró la sentencia de la Corte. Publicó en sus redes un mensaje con la leyenda “la justicia a veces tarda, pero llega”
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