
La Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados emitió un pronunciamiento sobre el caso de una mujer vinculada a proceso penal en Coahuila por el delito de violencia familiar en su modalidad de violencia vicaria, un hecho que representa un precedente en la entidad y que ha generado debate legislativo, jurídico y social sobre la correcta aplicación de esta figura legal.
Comisión de Igualdad de Género fija postura sobre violencia vicaria
El posicionamiento fue encabezado por la Comisión de Igualdad de Género, presidida por la diputada Anais Miriam Burgos Hernández (Morena), y leído en tribuna por legisladoras de distintos grupos parlamentarios, entre ellos Morena, PAN, PVEM, MC y PT.
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Durante la lectura, la diputada Claudia García Hernández señaló que el caso registrado en Coahuila ha generado preocupación debido a que la violencia vicaria fue concebida como un mecanismo de protección para mujeres víctimas de violencia de género.

Legisladoras coincidieron en que su aplicación debe preservar el sentido original de la figura jurídica y garantizar la protección de mujeres, niñas y niños.
Por su parte, Alma Manuela Higuera Esquer explicó que la violencia vicaria es una modalidad de violencia de género que se ejerce contra las mujeres, mediante el uso de hijas, hijos o personas menores de edad para provocar daño emocional, psicológico o patrimonial a la madre, con el objetivo de someterla o mantener control sobre ella.
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Caso Estela en Coahuila: antecedente inédito en el sistema penal
El pronunciamiento legislativo se dio tras conocerse que una mujer identificada como Estela “N” fue vinculada a proceso penal en Coahuila por presunta violencia familiar en su modalidad de violencia vicaria, lo que constituye el primer antecedente de este tipo en el estado.

La resolución fue emitida por un juez de control luego de una audiencia que se prolongó por cerca de seis horas.
De acuerdo con lo expuesto, el juzgador determinó que existían datos de prueba suficientes para iniciar el proceso penal, derivado de denuncias por obstrucción parental presentadas por Johnny Robles.
Como parte de la resolución, el juez estableció un plazo de dos meses para el cierre de la investigación complementaria, periodo en el que el Ministerio Público deberá recabar mayores elementos probatorios.
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Además, se impusieron medidas cautelares como la presentación periódica ante la autoridad judicial y la prohibición de comunicarse con la parte denunciante.
Posturas encontradas y debate social por el proceso judicial
Tras la audiencia, Johnny Robles declaró que el proceso busca garantizar el bienestar físico y emocional de sus hijos.

En contraste, la defensa de Estela “N” manifestó su desacuerdo con la vinculación a proceso y anunció que interpondrá los recursos legales correspondientes para impugnar la decisión judicial.
Uno de los puntos de debate es que la imputada mantiene la guarda y custodia de sus hijos, decisión previamente determinada por un juez en materia familiar.
La defensa sostiene que esta resolución no puede ser modificada por un juez penal, mientras que la parte denunciante anticipó que buscará mecanismos legales para restablecer la convivencia con los menores.
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El caso también generó manifestaciones fuera del Centro de Justicia Penal, con posturas divididas entre colectivos que respaldan al denunciante y organizaciones civiles que expresaron su apoyo a la imputada, cuestionando el alcance de las medidas cautelares y el impacto mediático del proceso.
¿Qué es la violencia vicaria y cuáles son sus características?
La violencia vicaria es una forma de violencia de género en la que se utiliza a hijas e hijos como medio para causar daño a la madre. Su reconocimiento legal busca visibilizar una práctica que afecta tanto a las mujeres como a las infancias involucradas.

Entre sus principales características se encuentran:
- Uso de hijas e hijos como instrumentos de daño, con el fin de afectar emocional o psicológicamente a la madre
- Obstaculización o ruptura del vínculo materno-filial mediante manipulación o sustracción
- Amenazas o coerción relacionadas con la custodia o el bienestar de las infancias
- Control y sometimiento de la mujer a través del sufrimiento de sus hijas o hijos
Legisladoras subrayaron que la correcta interpretación de esta figura es clave para evitar retrocesos en la protección de los derechos de las mujeres y garantizar que el interés superior de niñas, niños y adolescentes sea el eje central de cualquier resolución judicial.
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