
La actualización de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para 2026, publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), impactará de manera directa en montos de multas, cuotas y créditos, entre otras obligaciones.
El valor diario de la UMA se fijó en 117.31 pesos, aplicable a partir del 1 de febrero de 2026, lo que representa un aumento del 3.69 % respecto al año anterior.
Este ajuste, derivado de la inflación reflejada en el índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), tendrá efectos inmediatos no solo sobre particulares y empresas, sino también en la determinación de sanciones estipuladas en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México y otras disposiciones jurídicas.
Para 2026, los valores oficiales de la UMA se establecerán de la siguiente manera:
- 117.31 pesos diarios.
- 3 mil 566.22 pesos mensuales.
- 42 mil 794.64 pesos anuales.
Estas cifras serán empleadas en la determinación de pagos como aportaciones al sistema de seguridad social, créditos hipotecarios, cuotas obrero-patronales, límites deducibles en materia fiscal, así como en el cálculo de pensiones y beneficios en el régimen del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Multa por exceso de velocidad y estacionarse en lugares no autorizados

Entre los rubros más afectados figura el cálculo de multas de tránsito. De acuerdo al Reglamento de Tránsito de la CDMX, la infracción por exceder los límites de velocidad puede acarrear una sanción de 10, 15 o 20 veces la UMA vigente. Así, en 2026, la multa mínima ascenderá a 1 mil 173.10 pesos, mientras que la mayor podría alcanzar los 2 mil 346.20 pesos. Mismos valores para los que no respeten el semáforo en rojo.
Además, quienes incurran en infracciones como estacionarse en carriles exclusivos para transporte público podrán enfrentar sanciones de 20, 25 o 30 veces la UMA, equivalentes a 2 mil 346.20, 2 mil 932.75 o 3 mil 519.30 pesos respectivamente.
Faltas más graves relacionadas con el uso indebido de carriles exclusivos, como circular en contraflujo o interferir al dar vuelta, serán sancionadas con montos de 40, 50 o 60 veces la UMA, lo que se traduce en penalizaciones desde 4 mil 692.40 hasta 7 mil 038.60 pesos, según el texto legal consultado.
Multa por violar el programa “Hoy No Circula” y por no usar el cinturón de seguridad

En lo que concierne al cumplimiento de la normatividad de tránsito, infracciones como la no utilización del cinturón de seguridad, circular con puertas abiertas o luces apagadas podrán ser sancionadas con 5, 7 o 10 veces la UMA, lo que equivale a 586.55, 821.17 o 1 mil 173.10 pesos.
En el caso de vehículos de transporte público, diversas omisiones administrativas, tales como conducir sin licencia vigente o sin portar los distintivos correspondientes, implicarán una multa de 80, 90 o 100 veces la UMA, con montos de 9 mil 384.80, 10 mil 557.90 u 11 mil 731 pesos para el periodo 2026.
Las infracciones a los programas ambientales, o la circulación de vehículos que emitan humo ostensiblemente contaminante en cualquier estado de la república, serán sancionadas con 20, 25 o 30 veces la UMA, es decir, desde 2 mil 346.20 hasta 3 mil 519.30 pesos.
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