
El Congreso de la Ciudad de México aprobó un dictamen que reforma diversos artículos de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención, con el objetivo de fortalecer el acceso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) entre este sector de la población. Las modificaciones fueron impulsadas por la Comisión de Inclusión, Bienestar Social y Exigibilidad de Derechos Sociales.
El dictamen aprobado contempla reformas a los artículos 6, en su sección XIV, 50, 51, 52, 54 y 55 de dicha legislación, y deriva de una iniciativa presentada por la diputada Claudia Montes de Oca del Olmo, del Partido Acción Nacional (PAN). La propuesta tiene como finalidad promover la alfabetización digital de las personas mayores, reconociendo la importancia del acceso a la tecnología como un derecho fundamental en la actualidad.

Durante la discusión legislativa, se destacó que el uso de herramientas digitales se ha vuelto indispensable para realizar trámites, acceder a servicios públicos, comunicarse y ejercer otros derechos, por lo que fomentar el aprendizaje y uso de las TIC entre las personas mayores representa un paso relevante hacia una sociedad más equitativa e incluyente. Asimismo, se subrayó que estas reformas buscan reducir la brecha digital que aún afecta a este sector de la población.
La legisladora promovente señaló que la alfabetización digital no sólo favorece la autonomía y participación social de las personas mayores, sino que también contribuye a fortalecer la democracia y el acceso a la información, al permitir que más personas puedan ejercer plenamente sus derechos en entornos digitales.
Además de estas reformas, el Pleno del Congreso local aprobó otro dictamen mediante el cual se modifican los artículos 13, en su segundo párrafo, y 59 de la misma ley, con el propósito de armonizar su contenido con los ordenamientos jurídicos vigentes. Esta iniciativa fue suscrita por la diputada Miriam Saldaña Cháirez, del Partido del Trabajo (PT).

En el caso del artículo 13, la reforma establece de manera expresa que las personas mayores tienen derecho a una muerte digna, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Voluntad Anticipada vigente en la Ciudad de México, así como en otros ordenamientos aplicables. Con ello, se busca dar certeza jurídica y reconocer este derecho en el marco legal que protege a este grupo poblacional.
Por su parte, la modificación al artículo 59 actualiza la referencia normativa para señalar que el consentimiento que otorguen las personas mayores respecto a la disposición de sus bienes o patrimonio deberá considerarse válido, sin perjuicio de las condiciones establecidas en el Código Civil vigente de la Ciudad de México. Este cambio también responde a la actualización de la denominación de “Distrito Federal” por la actual “Ciudad de México”.
Con la aprobación de estas reformas, el Congreso capitalino refrendó su compromiso con la protección y ampliación de los derechos de las personas mayores, promoviendo su inclusión social, digital y jurídica, así como su bienestar integral en el contexto actual.
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