
La Cámara de Diputados aprobó este martes la minuta devuelta por el Senado que crea la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, con penas que alcanzan hasta los 42 años de prisión.
El Pleno apruebó con 409 votos a favor, 33 en contra y una abstención, la minuta que expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en materia de Extorsión.
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La nueva ley establece que a quien, sin derecho, obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un beneficio o lucro para sí o para otro o causando a alguien un daño o perjuicio patrimonial, moral, físico o psicológico, se le impondrán de quince a veinticinco años de prisión y una multa de trecientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
La nueva normativa deberá ser aprobada por la mayoría de congresos locales. De esta forma, la presidenta Claudia Sheinbaum estará próxima a publicar el decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
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Ricardo Monreal, coordinador de Morena y autor de la reserva que fue modificada el 19 de noviembre en la Cámara Alta, cuestionó la utilidad de endurecer penas como solución única para la crisis de seguridad y rechazó los señalamientos de “narco gobiernos” lanzados por adversarios políticos.
Durante la discusión parlamentaria, Monreal defendió la pertinencia de la reserva que él mismo había presentado y que fue aprobada en la Cámara de Diputados en la primera versión de la reforma.
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sin embargo, Monreal sostuvo que se allanaría a las modificaciones implementadas por el Senado, pues se trata de un sistema Bicameral.

“En un sistema bicamaral, revisar los actos de la colegisladora debería ser algo normal, y no tendría ni por qué ofender, ni por qué incomodar a ningún legislador. Las cámaras actúan como auténticas revisoras de los actos de la otra, y yo acepto la parte que me corresponde porque lo debatí esa noche y lo hice con pasión con lo que yo considero mi verdad. Soy garantista, y a pesar de que voy a votar esta reforma, soy garantista”, sentenció.
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Qué cambios realizó el Senado a la reforma en materia de extorsión
El dictamen aprobado por el Congreso endurece las sanciones: ahora la ley establece una pena de prisión de al menos quince años como mínimo y hasta veinticinco años como máximo para quienes sean declarados culpables de este delito.
Esta decisión eleva considerablemente los umbrales propuestos originalmente, que preveían sanciones de seis a quince años de cárcel.
Las modificaciones afectan únicamente al primer artículo del decreto, correspondiente a la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión.
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Uno de los argumentos expuestos por los senadores es que las penas iniciales podrían beneficiar a personas actualmente condenadas por extorsión, lo que motivó el endurecimiento de las sanciones previstas.
La reforma no se reduce a los tiempos de cárcel. Por primera vez, el texto del proyecto obliga a que las autoridades responsables actúen “con pleno respeto a los derechos humanos”, una disposición que no figuraba en la minuta proveniente de la colegisladora.
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Para fortalecer la investigación y persecución de este ilícito, se establece que las fiscalías, tanto federales como locales, deben contar con unidades especializadas, personal ministerial y policial capacitado, evaluado y certificado en delitos de extorsión.
En tanto se ponen en operación estas nuevas unidades, las encargadas del combate al secuestro asumirán provisionalmente la investigación de los casos de extorsión.
La iniciativa contempla incrementos de penas en situaciones agravantes. Cuando el acto de extorsión es facilitado por servidores públicos o por autoridades penitenciarias que consientan las condiciones o medios para que se perpetren estos crímenes, la sentencia se eleva: se añade un castigo extra de tres a cinco años, además del rango general de quince a veinticinco años de prisión.
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A su vez, el dictamen prescribe que los funcionarios encargados de la prevención, investigación y persecución de delitos, así como de la impartición de justicia o vigilancia en centros penitenciarios, que omitan denunciar ante el Ministerio Público actos de extorsión, enfrentarán diez a veinte años de prisión.
Por otra parte, para quienes introduzcan sin autorización a centros penitenciarios o de internamiento para menores cualquier dispositivo electrónico capaz de transmitir datos, voz o imágenes por cualquier tecnología, la sanción será de seis a doce años de cárcel.
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En cuanto a la aplicación de los recursos económicos generados por procedimientos de decomiso o extinción de dominio derivados de casos de extorsión, se puntualiza que preferentemente se destinarán a la restitución de los derechos de las víctimas.
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