
La Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) permite a los extrabajadores continuar con sus cotizaciones después de dejar un empleo asalariado.
Este mecanismo está diseñado para que los trabajadores que cotizaron con el IMSS antes del 1 de julio de 1997, y que pertenecen al Régimen 73, puedan realizar aportaciones de manera voluntaria con el objetivo de mejorar su salario base y aumentar el número de semanas cotizadas.
Así, se busca fortalecer el historial de cotización para la jubilación y otorgar cobertura médica tras la obtención de la pensión.
Eduardo Alcaraz Prous, titular de la Unidad de Incorporación al Seguro Social de la Dirección de Incorporación y Recaudación (DIR) del IMSS, advirtió sobre diferentes esquemas difundidos en redes sociales que prometen pensiones garantizadas superiores a 60 mil pesos mediante el pago o ingreso a la Modalidad 40.
De acuerdo con Alcaraz Prous, para acceder a una pensión de este tipo es necesario cumplir con condiciones específicas: pertenecer al Régimen 73, haber laborado antes del primero de julio de 1997 y contar con al menos 500 semanas cotizadas.
Sin embargo, detalló que para aspirar a montos por encima de 30 o 40 mil pesos mensuales es indispensable acumular más de dos mil semanas cotizadas, lo que implica varios años de trabajo y, además, reportar ante el Seguro Social, durante los últimos cinco años previos al trámite de pensión, un ingreso elevado, cercano a los 25 UMAS.

La modalidad 40 ofrece beneficios como seguro de invalidez y vida, seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como la posibilidad de incrementar el número de semanas cotizadas y registrar el salario base deseado.
También permite efectuar aportaciones a la afore en los ramos de retiro, cesantía en edad avanzada y cuota social. Aquellas personas que hayan sido dadas de baja por sus empleadores pueden recurrir a la Modalidad 40 para continuar cotizando semanas, lo cual impacta de manera positiva en el cálculo final de la pensión.
Para resolver dudas o realizar aclaraciones, el IMSS dispone del número telefónico 800 623 2323, el cual opera de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, y sábados y domingos de 8:00 a 14:00 horas, para brindar atención a los derechohabientes sobre sus trámites o inquietudes relativas a la Modalidad 40.
Asimismo, el Instituto informó que “las personas interesadas en realizar la solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio o algún otro trámite relacionado pueden ingresar al Catálogo Nacional de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer)”, al cual se puede acceder a través de su sitio oficial.
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