
Miles de pensionados de instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) que residen en el extranjero deben gestionar el certificado que acredita su supervivencia física como un trámite esencial.
Este documento, expedido por consulados y embajadas de México, garantiza a las instituciones encargadas del pago de pensiones que el beneficiario permanece con vida, condición indispensable para que conserve sus derechos sobre la pensión.
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El IMSS informó de manera oficial que las personas pensionadas bajo la Ley del Seguro Social ya no están obligadas a presentarse en las ventanillas de Prestaciones Económicas para comprobar su supervivencia. La institución aseguró que el pago de la pensión está garantizado siempre que los datos personales del beneficiario se mantengan actualizados.
No obstante, el propio IMSS aclara que los pensionados deben verificar si están exentos de realizar la comprobación presencial revisando su último comprobante de supervivencia. Si el documento contiene la leyenda: “El IMSS elimina la comprobación de supervivencia en ventanilla”, la persona beneficiaria ya no está obligada a acudir presencialmente a las oficinas para este trámite.
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El certificado de supervivencia sirve para confirmar ante las instituciones de seguridad social que el pensionado está vivo, permitiendo así la continuidad en los pagos.
Vigencia y utilidad del trámite de supervivencia
En la página oficial de Relaciones Exteriores se explica los periodos de vigencia varían dependiendo de que institución provenga la pensión, por un lado se encuentra el ISSSTE, con una periodicidad de 6 meses, siendo enero el primer periodo y julio, el segundo.
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Por otro lado, coincidiendo con la información publicada por el IMSS, la institución menciona que el periodo de vigencia es de “cada 6 meses sin periodo establecido”. La misma página especifica que la acumulación de dos faltas, podría conllevar para el pensionista no aparecer en nómina de pago de su pensión.
También se informa que este documento es gratuito y constituye una medida de control administrativo destinada a evitar pagos indebidos, en particular en el caso de quienes residen fuera del país y cobran su pensión desde el extranjero.
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Entre los requisitos publicados por la secretaría para realizar el trámite se encuentran:
- Credencial de pensionista, expedida por la Institución de seguridad social que otorga la pensión o comprobante de pago de pensión.
- Pasaporte original o identificación oficial vigente.
- Una fotografía reciente tamaño pasaporte, con fondo blanco. (IMSS Digital esta exento de este requisito)
- Comprobante de domicilio.
El gobierno pone a disposición el correo informacionepa@sre.gob.mx, para cualquier duda que pueda surgir.
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