
Este jueves 17 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo que establece nuevas obligaciones para los centros laborales públicos y privados en relación con la protección de la salud de personas trabajadoras que permanecen de pie por tiempo prolongado. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) será la autoridad responsable de vigilar el cumplimiento del acuerdo y podrá imponer sanciones conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, en caso de incumplimiento.
El acuerdo aplica a todos los centros de trabajo en México donde se realicen actividades que exijan que las personas permanezcan de pie por más de tres horas continuas durante su jornada. La medida incluye sectores como comercio, servicios y, en la medida de lo posible, también instalaciones industriales.
El objetivo principal es reducir riesgos físicos derivados de la “bipedestación prolongada”, entre ellos fatiga, trastornos musculoesqueléticos y enfermedades crónicas asociadas a posturas forzadas. La Secretaría del Trabajo justificó esta medida con base en datos de salud ocupacional y en el marco de las reformas a la Ley Federal del Trabajo publicadas en diciembre de 2024.
Obligaciones para los empleadores
El acuerdo establece que los empleadores deberán realizar un diagnóstico para identificar qué trabajadores están expuestos a permanecer de pie durante tiempos prolongados. A partir de este análisis, se deberá evaluar el nivel de riesgo para cada persona, considerando factores como la duración de la postura, edad, sexo, estado de salud y tipo de tarea.
Los centros de trabajo deberán garantizar el suministro de sillas o asientos con respaldo que permitan alternar posturas y facilitar momentos de descanso. Estos asientos deberán cumplir con criterios mínimos: respaldo ergonómico, altura ajustable, soporte lumbar y, si es necesario, reposapiés o elementos complementarios.

También se deberán acondicionar las estaciones de trabajo para permitir pausas, reducir cargas innecesarias y asegurar el uso de calzado adecuado.
Además, el acuerdo establece que las empresas deberán:
- Informar a las personas trabajadoras sobre los riesgos relacionados con la bipedestación prolongada.
- Ofrecer capacitación sobre el uso adecuado del mobiliario y las medidas de prevención.
- Implementar pausas activas o rotación de tareas para disminuir la fatiga.
- Registrar y documentar las condiciones laborales de las personas expuestas.
Permanecer de pie, exigencia frecuente
De acuerdo con cifras de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), más de 896 mil personas trabajan en sectores donde la permanencia de pie es una exigencia frecuente, como tiendas departamentales, supermercados, hoteles y servicios al cliente. Diversas investigaciones han documentado que mantener esta postura durante varias horas sin pausas ni apoyos adecuados puede provocar dolor lumbar, várices, lesiones en articulaciones, fatiga crónica y otros padecimientos.
El acuerdo forma parte del proceso de armonización normativa posterior a la reforma laboral de diciembre de 2024, que incluyó medidas para mejorar las condiciones ergonómicas, reducir riesgos físicos y garantizar entornos de trabajo más saludables en sectores tradicionalmente expuestos a sobrecargas físicas o posturas forzadas.
La STPS indicó que se otorgará un plazo de un año para que las empresas hagan las adecuaciones necesarias en sus centros de trabajo antes de que las disposiciones entren en vigor.
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