Demandó a Ticketmaster por hacerle un cargo oculto y negarle sus boletos para un festival, una prueba lo cambió todo

Cuatro boletos VIP, un cargo oculto por 10 pesos, una tarjeta rechazada y hasta la intervención de elementos de seguridad desataron un caso legal que terminó en la SCJN

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Vista panorámica de un gran concierto con el escenario central y la multitud reunida - (Imagen Ilustrativa Infobae)
Compró cuatro de los boletos más caros par el evento y por 10 pesos no se los dieron (Imagen Ilustrativa Infobae)

La ilusión de ir a un concierto se convirtió en una pesadilla legal cuando un hombre de la Ciudad de México compró cuatro de los boletos más caros del Festival Tecate Pa’l Norte y en Ticketmaster no quisieron dárselos.

El argumento de la empresa es que este cliente no pagó un cargo extra al momento de recoger sus boletos. Por su parte, el comprador aseguró que en ningún momento de su compra se le hizo saber la obligación de solventar dicho monto añadido.

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El caso llegó a los tribunales y cuando parecía que todo se inclinaba a favor de la compañía realizadora del evento, un pequeño detalle detectado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo cambió todo.

Este caso se definió en los tribunales el 15 de enero, sin embargo, fue publicado en el Semanario Judicial de la Federación apenas el pasado 4 de julio. Esta es la historia.

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Cuatro boletos VIP “perdidos” por 10 pesos

un consumidor demandó a Ticketmaster por cargos ocultos y la negación de boletos para el Festival Tecate Pa’l Norte. Inicialmente, los tribunales fallaron a favor de Ticketmaster, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó estas decisiones al encontrar que la empresa violó derechos del consumidor al no informar claramente sobre un cargo adicional de 10 pesos para la recogida de boletos Podcast generado con IA - Imagen Ilustrativa Infobae

Tenía muchas ganas de ir al Festival Tecate Pa’l Norte, así que cuando salieron los boletos, aquel 18 de marzo del 2022, no perdió el tiempo, ingresó a la página web de Ticketmaster y compró cuatro entradas en la zona VIP del evento.

Lo que apuntaba para ser un gran fin se semana casi se arruina cuando fue a recoger los boletos.

Las entradas las había adquirido a través de la modalidad “Will Call”, la cual consiste en acudir a uno de los centros autorizados de Ticketmaster para recogerlos personalmente.

Para ello hay ciertos requisitos, mismos que fueron enlistados claramente a través de un correo electrónico: se tiene que llevar a la mano el número de orden de compra, la tarjeta con la que se realizó el pago y una identificación oficial vigente del titular de la misma cuenta.

Y algo muy importante: solo podrá recoger las entradas el titular de la cuenta que hizo la compra.

Fue así que acudió a recogerlos 13 días después, el 31 de marzo del mismo año.

Cuando llegó a uno de estos centros autorizados se llevó una sorpresa. Personal le advirtió que para liberar los boletos tendría que pagar una comisión extra de apenas 10 pesos con la misma tarjeta con la que hizo la compra para “autenticar la transacción realizada por internet”.

Molesto no con la cantidad sino con la imposición de un requisito extra –que nunca se mencionó en el correo electrónico–, no le quedó otra opción que pagarlo, si es que quería obtener las entradas de tan esperado festival.

Sin embargo, al momento de realizar el pago no se pudo completar la transacción, ofreció solventar el cargo con otra tarjeta, pero el personal se negó y en consecuencia no le entregaron los boletos.

Ante este escenario de frustración, los ánimos comenzaron a calentarse, el personal del lugar comenzó a comportarse grosero con él y lo sacaron del establecimiento con el apoyo de elementos de seguridad.

Fue así que por 10 pesos se quedó sin boletos y con el dinero perdido.

Aun así, no se desanimó, viajó a Monterrey, Nuevo León, donde ocurriría el festival, compró en reventa y pudo disfrutar del evento.

Un hombre contra Ticketmaster (REUTERS/Dado Ruvic/Illustration/File Photo)
Un hombre contra Ticketmaster (REUTERS/Dado Ruvic/Illustration/File Photo)

Tras el concierto y aún sintiéndose estafado, no se quedó con las manos cruzadas e interpuso una demanda contra Ticketmaster.

En su demanda, la víctima exigió que le regresaran el dinero de los boletos más intereses, una indemnización por daño moral y punitivos, así como el pago de gastos y costas por el juicio.

El demandante aseguró que en ningún momento la empresa le hizo saber que tendría que hacer un pago extra para que le entregaran los boletos, sino hasta el último momento.

En respuesta, Ticketmaster rechazó los señalamientos asegurando que el demandante simplemente no cumplió con los requisitos para la entrega de los boletos con el método “Will Call”, mismos que están disponibles en su página de internet.

El caso quedó en manos del Juez Segundo de lo Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México que falló en contra de la víctima y a favor de la empresa a quien absolvió del caso.

Inconforme con la decisión del juzgador, el demandante promovió amparo directo pero el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito volvió a fallar a favor de Ticketmaster y en contra de la víctima.

Ante este escenario, la víctima lanzó la última carta legal que tenía disponible: interponer un recurso de revisión.

Fue así que el caso quedó en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El detalle que lo cambió todo

(Imagen Ilustrativa Infobae)
La decisión final fue de la SCJN (Imagen Ilustrativa Infobae)

Finalmente, el 15 de enero de 2025 –casi tres años después de los hechos–, la SCJN falló a favor de la víctima y en contra de Ticketmaster.

La decisión de la Corte se basó en un mínimo detalle, en un hecho un tanto tramposo cometido por parte de la compañía.

Si bien la empresa cumplió con tener las políticas de su modalidad “Will Call” –que incluía el pago extra de 10 pesos para poder recoger los boletos– en su página de internet, esto no es suficiente.

Para este máximo tribunal, Ticketmaster debe de tener toda esta información de manera visible y accesible al momento de que un cliente haga su compra, no basta con esconderlas en alguna parte de la página web.

La SCJN señaló que la empresa violó tres derechos constitucionales de la víctima:

A la autonomía de la voluntad, es decir, es el derecho que tiene toda persona para celebrar contratos de forma libre y consciente, sin imposiciones externas ni condiciones ocultas.

A la protección del consumidor, que se refiere a la prohibición de prácticas abusivas y establece la obligación del Estado a proteger los derechos de los consumidores frente a condiciones injustas o desiguales.

Y a la seguridad jurídica, que es el derecho de todas las personas a que las reglas sean claras, previsibles y conocidas de antemano, para que puedan tomar decisiones con certidumbre.

Con esta decisión, la SCJN revocó la sentencia del Tribunal Colegiado y ordenó que se emitiera una nueva considerando los derechos violados de la víctima, abriendo la puerta a que Ticketmaster reembolse el dinero de los boletos con intereses, más una indemnización por daño moral y punitivos, así como el pago de gastos y costas por el juicio.

Este caso dejó un antecedente en el que Ticketmaster ahora está obligado a informar claramente a sus clientes todos los detalles a la hora de venderles boletos para cualquier evento.

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