
El próximo domingo 1 de junio de 2025 será una fecha histórica para México, ya que los ciudadanos tendrán la oportunidad de participar directamente en la elección de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial mediante voto popular.
Esta será la primera vez que el país adopte la selección por comicios, rompiendo con el sistema tradicional en el que los cargos del Poder Judicial eran designados a través de procesos internos.
La jornada electoral incluirá la selección de un total de 881 cargos judiciales, entre los que se encuentran 9 ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2 magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral, 464 magistraturas de circuito y 386 juezas y jueces de distrito.

El cambio en la manera de elegir los cargos del Poder Judicial busca otorgar a la ciudadanía un papel más activo en el nombramiento de los responsables de impartir justicia.
Sin embargo, a pesar de que es un proceso histórico en México y una elección extraordinaria, los candidatos están sometidos a ciertas normas establecidas por las autoridades electorales.
¿Qué puede y no puede hacer un candidato al Poder Judicial?

El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) explicó en una publicación de su cuenta de X hecha el 2 de mayo las acciones que tienen y no tienen permitidas los candidatos en la elección del Poder Judicial.
Lo que no puede hacer un candidato del Poder Judicial:
- Usar financiamiento público y/o privado.
- Contratar publicidad en los medios de comunicación.
- Contratar o divulgar encuestas o sondeos de opinión.
- Usar símbolos religiosos, expresiones de violencia política, agresividad contra las mujeres por razón de género.
- Calumniar a otros candidatos.
- Hacer referencia a partidos políticos, servidores públicos ni a programas sociales.
- Entregar un material que oferte algún beneficio.
Lo que sí puede hacer un candidato al Poder Judicial:
- Difusión de su trayectoria, logros y perspectiva sobre la impartición de justicia.
- Usar redes sociales para promocionar su candidatura, siempre y cuando no se haga uso de publicidad dentro de la misma.
- Entregar propaganda electoral con papel reciclable, biodegradable y sin sustancias dañinas para el medio ambiente o las personas.
Aunado a eso, el Instituto Nacional Electoral en su sitio oficial tiene un listado donde se profundiza lo que tiene permitido un candidato del Poder Judicial. Puede, por ejemplo, realizar recorridos en la calle y dar atención al público en su domicilio así como asistir a debates, pero tiene prohibido hacer propaganda que exponga a menores de edad o hacer campaña en los tres días anteriores a los comicios.
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