
El próximo miércoles 29 de mayo concluyen las campañas electorales a nivel nacional, todas las candidatas y candidatos, sin excepción, tendrán que dejar de hacer eventos proselitistas y dar paso a la conocida veda electoral.
Después del 29 de mayo y hasta el 2 de junio, candidatos, servidores públicos o involucrados tendrán que “guardar silencio”, sin hacer un llamado al voto por su candidatura. El Instituto Nacional Electoral (INE) define la veda electoral como un lapso en que las personas pueden reflexionar sobre cuál es la mejor opción a quien apoyar según sus propuestas y visiones de gobierno.
Restricciones de la veda electoral según la ley
Durante los tres días, 30 de mayo, 31 de mayo y 1 de junio, están prohibidos los actos de campaña y proselitismo electoral, la difusión de propaganda gubernamental, y la realización o difusión de informes anuales de labores.
Asimismo, los partidos políticos tendrán que retirar la propaganda electoral de las calles, ya sean carteles, bardas pintadas o espectaculares, y no podrán entregar folletos a favor de su partido.
Además, queda prohibida la difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre las preferencias electorales, una práctica que ha ido en aumento para demostrar la consolidación de una ventaja.
Quedan exentas las publicaciones relacionadas con servicios educativos, de salud o protección civil.
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