
Médicos, filósofos, políticos, farmacéuticos, enfermeras, teólogos, juristas, moralistas, han escrito, reescrito, discutido y redactado sobre la eutanasia.
Se trata de un tema polémico que genera debate en cada ocasión que se conoce de algún caso en cualquier lugar del mundo.
¿Qué es la eutanasia?
Etimológicamente, eutanasia -del griego “eu”, bien, “Thánatos”, muerte- no significa otra cosa que buena muerte, bien morir, así sin más.
Con el paso del tiempo su sentido cambió, ahora se busca procurar la muerte sin dolor a quienes sufren, un homicidio por compasión, es decir, causarle la muerte a otro por piedad ante su sufrimiento o atendiendo a su deseo de morir por las razones que fueren; justo en ese límite es cuando surge el debate moral y ético para realizarlo.
Diferencias
- Eutanasia. Un médico da una inyección -letal- que va a causar la muerte del paciente; porque es lo que la persona quiere, previamente se cubren requisitos y condiciones para cumplir con lo que la ley permite.
- Suicidio asistido. El doctor ayuda, pero en lugar de una acción, solamente otorga -provee- los medios para que el paciente tome medicamentos que van a causar su muerte. La última acción la hace la persona.
Países que la permiten
Sólo tres países en el mundo la permiten: Holanda, Bélgica y Luxemburgo en donde se permite la eutanasia o el suicidio asistido.
En Estados Unidos hay cuatro estados en donde se permite el suicidio asistido, pero no la eutanasia. Sólo es aceptable la acción en la que un médico ayuda, sin embargo, el último responsable es el paciente.
Caso México
Cuando hay un enfermo en fase terminal, él puede decidir que ya NO le den más tratamientos que ya no le sirven para curarse, prolongar su vida y también su sufrimiento. Lo antes mencionados es algo que sí se aplica en el paciente, tiene la seguridad de que se le respetará ese derecho; de igual modo los médicos tienen certeza jurídica en caso de que muera por dejar abandonar el tratamiento.
En México existe la Ley de Voluntad Anticipada y la Ley General de Salud en Materia de Cuidados Paliativos, ambas legislaciones otorgadas ante notario público, están encausadas para que el paciente reciba tratamientos que le den alivio, es decir, cuidados paliativos que atiendan sus necesidades físicas, psicológicas, sociales y espirituales.
Para ejercer dicha voluntad hay dos modalidades: el documento o el formato, en ambos casos se necesita cumplir con lo siguiente:
Requisitos del documento:
- Ser mayor de edad.
- Estar en pleno uso de sus facultades mentales.
- Acudir ante un notario público.
- Elegir un representante y un representante sustituto.
- Firmar ante dos testigos.
- Presentar identificación oficial vigente de solicitante, representantes y testigos.
- Cubrir el costo.
Requisitos del formato:
- Llenar Formato de Voluntad Anticipada solamente ante personal de salud.
- Firmar ante dos testigos.
- Nombrar un representante según corresponda.
- Identificación oficial vigente de solicitante, representantes y testigos.
- Se valida con una nota clínica.

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