
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los artículos utilitarios del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), como los peluches inspirados en el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) mejor conocidos como Amlitos, pueden ser comercializados durante la campaña electoral.
Durante la sesión miércoles 28 de febrero, los magistrados del máximo tribunal en la materia dio revés a la resolución que emitió el Instituto Nacional Electoral (INE) en julio de 2023, para señalar que el partido guinda -así como a todos los institutos políticos con registro nacional- tendrían que deslindarse de la propaganda a fin de que no sea contabilizada en los registros oficiales, aunque lo recabado sólo sea en efectivo.
Y es que los magistrados afirmaron que la prohibición a la venta de este tipo de artículos en eventos políticos no es procedente debido a que no son ilegales, en términos del andamiaje jurídico electoral e incluso en lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexico (CPEUM).
La resolución pasó con los votos a favor de Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes; mientras que en contra estuvieron Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón.

Aunado a lo anterior, el magistrado Felipe de la Mata cuestionó el porqué de la prohibición de los materiales, debido a que no son productos exclusivos de los partidos políticos, sino que también son comercializados por particulares, situación que no contempla la ley en la materia.
“¿Por qué motivo habría que prohibir a los particulares su distribución y venta? Cabe decir que de eso viven, seguramente. Existe base normativa para tal prohibición, no es una limitación contraria, incluso, a la protección constitucional de libertad de comercio lícito, artículo quinto de la Constitución”, refirió.
El integrante de la Sala Superior del Tribunal Electoral consideró peligroso exigirle a Morena, en este caso, que identifique quiénes son los productores de los artículos utilitarios, puesto que irían en contra de sus garantías individuales y podrían presentarse demandas que manchen el proceso electoral que concluirá el próximo domingo 2 de junio.

En tanto, sobre el porqué de ir en contra en la determinación, la magistrada Janine Otálora refirió que, desde que se aborda la problemática mediante un enfoque mercantil, el proyecto dejó de advertir que lo verdaderamente relevante en la discusión no es el acto de comercio, sino el impacto que genera en la utilización de los bienes en determinadas condiciones, en este caso el proceso electoral en turno.
Finalmente, Rodríguez Mondragón instó a la autoridad electoral a que despliegue sus facultades de fiscalización para que se analice si la propaganda que beneficia a alguna de las fuerzas políticas.
INE prohibió la venta de Amlitos
Y es que el julio pasado, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral solicitó al Movimiento de Regeneración Nacional deslindarse de los peluches o productos alusivos al presidente Andrés Manuel López Obrador al considerarlos gastos de campaña.
En aquella sesión, fue la propia representación del partido político la que solicitó a la autoridad electoral conocer si la venta de artículos con signos o rasgos distintivos podrían generarle algún beneficio, incluso si el dinero no beneficia directamente al instituto.
Por lo que, en unanimidad, los integrantes del Consejo General consideraron que aún cuando no se reciba algún beneficio económico, sí genera una una exposición y divulgación del partido o de sus cuadros más relevantes, lo que podría atentar contra la equidad de la vida democrática, incluso en año no electoral.
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