
Un Tribunal otorgó un amparo a una empresa en contra de un decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador publicado en 2021 por el que entrega el control de las Aduanas de todo el país a un nuevo órgano y con lo cual se abre la puerta también la militarización de estos puntos comerciales.
Se trata del decreto publicado el 14 de julio de 2021, por el cual se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el cual, además, se prevé la coordinación con las fuerzas armadas e instituciones de seguridad nacional para preservar la seguridad en estos puntos de acceso.
Cabe señalar que como parte de este decreto también se señala que la Agencia Nacional de Aduanas de México, en su creación, prevé la posibilidad de contratar a personal que pertenezca o haya pertenecido a las fuerzas armadas, un hecho que alarmó y que estimó la militarización de los puntos de ingreso.
Ahora, derivado de un amparo en revisión, las aduanas de todo el país regresarán a manos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), actualmente bajo dirección de Antonio Martínez Dagnino.

Esta decisión llegó tras el análisis del amparo directo promovido por la empresa Grupo Alianza Estratégica, cuyo amparo fue presentado en junio de 2023. Resuelto por el Primer Tribunal Colegiado en Materia administrativa con sede en la Ciudad de México, se determinó la protección de la justicia a favor de la empresa privada que estimó que el “órgano desconcentrado fue creado y dotado de atribuciones de manera inconstitucional”.
En el estudio se indica que la norma que crea al SAT es una ley orgánica, por lo que la publicación del decreto presidencial es contrario a la constitucional, pues deja sin efecto lo establecido en la Ley del Servicio de Administración Tributaria al crear un organismo desconcentrado, una facultad exclusiva del mismo SAT.
Y es que el decreto no desarrolla ni complementa disposiciones de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, sino que crea un organismo sin justificación legal ni constitucional.

Se precisa que el quejoso no se inconforma con la creación de un organismo desconcentrado, sino de que se le dote de atribuciones que le fueron otorgadas en su ley al SAT.
Resultado del análisis, el Tribunal Colegiado determinó amparar y proteger a la empresa, cuya resolución sólo tendrá efectos para ella.
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