
El tan anhelado pago del aguinaldo será recibido por miles de trabajadores antes del 20 de diciembre. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), se trata de una prestación que deberá ser entregada a los trabajadores cada año.
La gratificación deberá ser dispersada bajo ningún pretexto a todos los empleados que se encuentren por contrato, sean de base, de confianza, de planta sindicalizados, eventuales, así como todos aquellos que cobran por comisión.
Los trabajadores tendrán derecho a un monto equivalente a por lo menos, 15 días de su salario en caso de haber trabajado todo un año. Sin embargo, aquellos que no hayan cumplido el año de servicios, entonces deberán recibir la parte proporcional de éste, dependiendo del tiempo que hayan laborado en cada caso.
Es decir, el cálculo deberá adecuarse al período que haya trabajado el empleado en el año. Esta vez, pondremos como ejemplo el caso de una persona que solamente laboró por un lapso de 4 meses.

¿Cómo calcular el aguinaldo si solo trabaje 4 meses?
Para sacar el monto económico que corresponde a cada caso, primero se tendrá que calcular la cifra del sueldo y multiplicar el resultado por los 15 días que corresponde de aguinaldo.
Luego, el interesado tendrá que dividir el monto del aguinaldo completo entre los días del año que haya trabajado y al final deberá multiplicar el saldo que resulte de esa operación por la cantidad de días trabajados
Ejemplo
Regina gana 10 mil pesos al mes y solo laboró un período de 4 meses en el año, es decir, un aproximado de 121 días. Entonces, el cálculo se realizará de la siguiente manera.
-Primero el sueldo es de 10 mil pesos/30 días= 333.333
-Después, será 333.333 x 15 = 5 mil pesos
-5 mil pesos /365 días del año= 13.69
-13.69 x 121 días laborados = 1, 656 (resultado final de la operación y es lo que corresponde de aguinaldo)

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), en caso de que no se pague, los colaboradores deberán asistir a sus oficinas para acceder a un abogado.
Las oficinas de la Profedet se encuentran situadas en la calle Doctor José María Vértiz, número 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México y en las 47 representaciones distribuidas en las entidades federativas.
Las mujeres que hayan solicitado incapacidad por maternidad antes y después del parto, tendrán derecho al cobro de su aguinaldo completo.
Además, debido a que esta prestación tiene que ser íntegra, ninguno de los trabajadores deberá observar un descuento, siempre y cuando no hayan solicitado el pago con anticipación y en mutuo acuerdo con la empresa.
En el caso de los trabajadores que deciden renunciar antes del 20 de diciembre a su trabajo, éstos tendrán derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron.
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