Movimiento Ciudadano impugna acuerdo del INE para postular a 5 mujeres para gubernaturas de 2024

El acuerdo fue aprobado el pasado 24 de octubre, entre reclamos de todos los partidos en torno a que el Instituto estaba excediendo sus facultades

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El Consejo General aprobó el pasado 24 de octubre el Acuerdo sobre paridad en gubernaturas (Cuartoscuro)
El Consejo General aprobó el pasado 24 de octubre el Acuerdo sobre paridad en gubernaturas (Cuartoscuro)

A una semana de que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el Acuerdo sobre paridad en gubernaturas, con el que se obliga a partidos políticos a postular al menos a cinco mujeres en nueve de estos cargos en disputa, Movimiento Ciudadano se inconformó por esta medida.

El partido dirigido a nivel nacional por el senador Dante Delgado presentó una impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en contra del acuerdo INE/CG569-2023.

Este recurso fue presentado por el representante de Movimiento Ciudadano ante el INE, Juan Miguel Castro Rendón, quien alegó, entre otras cosas, que se está vulnerando la legalidad electoral y la certeza jurídica, así como una interpretación incorrecta de al menos dos artículos de la Constitución.

Dentro de uno de los siete argumentos que presenta el representante emecista se señala una vulneración a la autoorganización y autodeterminación partidista, esto último ante la imposibilidad de postular a los perfiles que destaquen en cada una de las entidades.

Movimiento Ciudadano presentó una impugnación ante el TEPJF contra el acuerdo de paridad en gubernaturas (Cuartoscuro)
Movimiento Ciudadano presentó una impugnación ante el TEPJF contra el acuerdo de paridad en gubernaturas (Cuartoscuro)

Y es que si este acuerdo se mantiene firme, Pablo Lemus, alcalde de Guadalajara, no podría contender por la gubernatura de Jalisco pese a ser el perfil más popular de Movimiento Ciudadano en la entidad, pues el acuerdo también prevé alternancia de género. Esto significa que se deberá postular a una mujer para el cargo.

El documento también señala que se vulnera el principio de cosa juzgada. En este punto señala que no se puede “entablar un ulterior proceso cuyo objeto sea idéntico a otro anterior con el que se tenga identidad de causa, sujetos y objeto”.

En cuanto a los artículos que se señalan por interpretación incorrecta por parte del Consejo General del INE, se indicó que se trata del 35 y 41. El primero de ellos versa sobre los derechos de la ciudadanía para votar y ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular.

Movimiento Ciudadano se prepara para su proceso interno rumbo a 2024. (Cuartoscuro)
Movimiento Ciudadano se prepara para su proceso interno rumbo a 2024. (Cuartoscuro)

Mientras que el segundo señala que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión en los casos en los que le compete, así como por los estados y la CIudad de México.

Esta impugnación llega al Tribunal Electoral a sólo unas horas de que el Pleno perdió a dos de sus integrantes debido a la finalización del periodo en el cargo. Se trata de los magistrados Indalfer Infante y José Luis Vargas Valdez, cuyos sustitutos aún no han sido designados por el Senado de la República.