
Los días feriados y de asueto en México, tienen como objetivo brindar a los trabajadores una pausa en sus actividades diarias para celebrar las festividades cívicas o religiosas que se conmemoren . Es decir, los feriados son fechas establecidas como de descanso obligatorio, por lo que no deberán laborar los trabajadores, y en caso de que lo hagan, entonces tendrán derecho a recibir un pago extra.
Mientras que los días de asueto solo se otorgan en ciertos casos y en mutuo acuerdo con la empresa para la que laboras. Las compañías no están obligadas a pagar más en estos casos.
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A continuación recordaremos cuáles son los festivos en lo que resta del año y el caso especial del aniversario del Día de Muertos.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), en caso de laborar durante un día feriado (descanso obligatorio), los colaboradores deberán acceder a un pago extra, independientemente de su sueldo, es decir, el patrón deberá cubrir el salario diario normal más el doble.
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Pero, en el caso del 2 de noviembre<b> </b>(Día de Muertos): ¿Deberán pagar doble?
La respuesta es no, dado que se trata de un día de asueto. Es decir, aunque miles de personas lo celebran o lo solicitan en sus empresas para realizar actividades relacionadas con el recuerdo de los seres queridos, esta fecha no esta marcada por la LFT como descanso obligatorio.
Es decir, se trata de un día normal para los trabajadores, aunque algunas empresas sí lo ofrecen como descanso, éstas no otorgarán un monto extra.
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De acuerdo con el calendario laboral de días feriados, aún faltan algunas fechas para que los empleados puedan disfrutar lo que queda de 2023. A continuación recordaremos cuáles son todos los días festivos o feriados de descanso obligatorio.
Calendario
-El 1 de enero (Año Nuevo)
-Primer lunes de febrero (conmemoración de la Constitución Mexicana del 5 de febrero)
-Tercer lunes de marzo (aniversario del Natalicio de Benito Juárez)
-El 1 de mayo (Día del Trabajo)
-El 16 de septiembre (Independencia de México)
-Tercer lunes de noviembre (Conmemoración de la Revolución Mexicana)
-El 25 de diciembre (Navidad)
Hay que recordar que a estas fechas de descanso obligatorio deberá sumarse la que corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo, es decir, cuando hay cambio de Presidente cada 6 años, que normalmente era el 1 de diciembre.
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Sin embargo, en 2024 se otorgará el 1 de octubre, debido a la modificación que se ejecutó en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).
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