La justicia rechazó el pedido del Gobierno para levantar la cautelar por la ley universitaria

La resolución ordenó al Estado nacional presentar en tres días un informe con respaldo documental sobre los avances y el grado de cumplimiento de la norma

La justicia rechazó el pedido del gobierno para levantar la cautelar por la ley universitaria (Visuales IA)
La justicia rechazó el pedido del gobierno para levantar la cautelar por la ley universitaria (Visuales IA)
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El juez federal Martín Cormick rechazó el pedido del Poder Ejecutivo Nacional para levantar la cautelar que ordena cumplir la ley de financiamiento universitario, y le dio al gobierno 3 días para presentar un informe documentado sobre los avances en el cumplimiento de la norma.

El Estado nacional interpuso en recurso ante la demanda que incidió el Consejo Interuniversitario Nacional para reclamar que se ejecute un acta que firmó el 10 de junio con la Subsecretaría de Políticas Universitarias, y organizaciones gremiales docentes y no docentes.

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Ese texto establecía una suba salarial de 24,33%, un incremento de 20% en los gastos operativos de las universidades públicas, el aumento de 50% para las Becas Manuel Belgrano y, además, el otorgamiento de un refuerzo de $50.000.000.000 destinado a los hospitales universitarios en 2026.

La medida que respalda la continuidad de la Ley de Financiamiento Universitario seguirá en vigor, según el magistrado, ya que subsiste el riesgo por la demora. Señaló que no se acreditó por parte del Estado que los incrementos salariales ni los de becas hayan solucionado el deterioro de los ingresos o el conflicto principal.

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La resolución estableció que la cautelar se otorgó hasta la sentencia definitiva; posteriormente, la Sala III de la Cámara del fuero confirmó esa medida y, por último, la decisión quedó firme tras la desestimación del recurso extraordinario del Estado por parte de la Corte Suprema.

Sobre esa base, Cormick analizó el planteo del Ministerio de Capital Humano y concluyó que “el Estado Nacional no ha logrado demostrar el impacto positivo sobreviniente” de los acuerdos “en relación a los perjuicios graves de imposible reparación ulterior”, ni que exista “una definición efectiva y final” sobre el deterioro de ingresos y la pérdida salarial del colectivo afectado.

El juez señaló que, ante la situación planteada por los actores, “mal puede considerarse superado el peligro en la demora”. Con base en esa postura, rechazó el levantamiento que solicitó el Ejecutivo y sostuvo que no puede tenerse por satisfecho ni por concluido el efecto de la cautelar.

La decisión también remarca que ese rechazo no implica adelantar criterio sobre el fondo del litigio.

El planteo del gobierno

En la exposición estatal se detalló que se realizaron las asignaciones presupuestarias a universidades nacionales correspondientes al mes de junio, que incluyeron los incrementos salariales fijados en el acta y la actualización del Programa Nacional de Becas Estratégicas Manuel Belgrano.

Movilización por la Ley de Financiamiento Universitario
Movilización por la Ley de Financiamiento Universitario

El Gobierno sostuvo que el acuerdo “atendió el aspecto salarial y a las becas estudiantiles”, razón por la cual consideró que la aplicación de los artículos 5 y 6 de la ley 27.795 estaba “en lo sustancial, satisfecha”.

Para sustentar su argumento, expresó que tanto el acta como su aplicación actual habían suprimido el riesgo generado por la demora que motivó la medida cautelar inicial.

Mientras tanto, las universidades plantearon que había sido el mismo Estado quien había señalado que la firma del acta no implicaba dejar de lado su postura mantenida durante el proceso y, apoyándose en esa aclaración, sostuvieron que el acuerdo no alteraba los fundamentos del amparo.

Finalmente, aseguraron que el convenio no cubría todos los requisitos establecidos por la ley de financiamiento universitario y lo calificaron como “una gota en medio del océano de los incumplimientos del PEN”.

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