
Una mujer deberá ser indemnizada con más de 23 millones de pesos por lesiones sufridas durante un viaje en transporte público. El fallo del Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 5 de Morón estableció que la víctima, de 58 años al momento del hecho, padeció una fractura vertebral, secuelas físicas permanentes y trastornos psicológicos tras un incidente ocurrido en agosto de 2015.
El hecho investigado sucedió cuando la pasajera subió a un colectivo con destino al Hospital Interzonal General de Agudos de Haedo, lugar al que se dirigía para una consulta médica. Al momento del accidente, el vehículo circulaba por Avenida Presidente Perón y, al cruzar un reductor de velocidad, produjo un salto abrupto. La mujer perdió la estabilidad, cayó sobre el asiento y sufrió lesiones en su columna, cadera y hombro derecho.
PUBLICIDAD
La resolución judicial acreditó tanto el uso de la tarjeta SUBE de la pasajera como su presencia en el colectivo a partir de registros oficiales y declaraciones testimoniales.

Según la sentencia, el conductor del vehículo suspendió el recorrido y trasladó inmediatamente a la pasajera herida al hospital, donde fue auxiliada por otros pasajeros y asistida con una silla de ruedas. Diversos tratamientos médicos y estudios confirmaron la magnitud de las lesiones, que incluyeron una fractura por aplastamiento vertebral y problemas en la movilidad de la columna.
PUBLICIDAD
La víctima reclamó indemnización por incapacidad física y psíquica, daño moral y gastos médicos. El monto total solicitado ascendía a más de un millón de pesos al momento de la demanda inicial, aunque la cifra definitiva fue actualizada en función de la evolución de los daños y la inflación.
El fallo, al que accedió Infobae, valoró informes periciales médicos y psicológicos que determinaron una incapacidad física permanente del 12%. Además, dictaminó que el accidente desencadenó trastornos depresivos, vinculados de manera directa con el episodio ocurrido en el transporte público.
PUBLICIDAD

La sentencia subrayó que el transportista tiene una responsabilidad objetiva respecto de los daños sufridos por los pasajeros, de acuerdo con el Código Civil y Comercial. La jueza consideró probado el hecho y rechazó los argumentos de la defensa, que intentó desconocer la existencia del incidente y el nexo causal con las lesiones.
La aseguradora involucrada reconoció la existencia de una póliza vigente al momento del accidente, aunque planteó límites de cobertura y cuestionó los importes reclamados. La resolución judicial dispuso que la compañía de seguros deberá responder en los términos y montos vigentes al momento del pago efectivo, siguiendo criterios de la Corte Suprema y la Suprema Corte bonaerense.
PUBLICIDAD
El fallo también precisó que la indemnización debe restituir a la víctima a una situación patrimonial similar a la previa al accidente, considerando tanto el daño físico como el psíquico. La jueza analizó la historia clínica, la edad y la condición laboral de la pasajera para calcular el monto final.

Entre los fundamentos, el juzgado señaló que los gastos médicos y de traslado suelen carecer de documentación formal, pero reconoció su procedencia en función de las circunstancias acreditadas en el expediente. Por este concepto, la mujer recibirá una suma adicional de 200.000 pesos.
PUBLICIDAD
Por daño moral, la sentencia asignó 5 millones de pesos, en reconocimiento al sufrimiento físico y las dificultades para desarrollar actividades cotidianas y sociales. Según el fallo, las secuelas incluyen dolor, limitaciones funcionales y afectación en la calidad de vida.
El juez a cargo del caso enfatizó que la responsabilidad del transportista solo puede eximirse si demuestra la existencia de un hecho ajeno, fuerza mayor o culpa exclusiva de la víctima, supuestos que no se acreditaron en este expediente.
PUBLICIDAD

El fallo impuso las costas (gastos) del proceso a la parte demandada y estableció que la liquidación del monto indemnizatorio deberá practicarse una vez que la sentencia quede firme. La empresa de transporte y su aseguradora tendrán diez días para abonar la suma determinada, más los intereses calculados desde la fecha del hecho hasta el pago efectivo.
La resolución recordó que, para este tipo de indemnizaciones, corresponde aplicar una tasa de interés diferenciada, conforme la doctrina legal vigente en la jurisdicción bonaerense.
PUBLICIDAD
El expediente, que se tramitó durante varios años y atravesó etapas de prueba, pericias y audiencias, concluyó con un pronunciamiento que consideró la totalidad de las pruebas y argumentos presentados por las partes.

El caso tuvo como eje la aplicación de la responsabilidad objetiva en accidentes de transporte, una doctrina consolidada en la jurisprudencia argentina que privilegia la protección de los usuarios frente a los riesgos propios de la actividad.
PUBLICIDAD
La pericia médica descartó antecedentes traumáticos previos y vinculó las dolencias actuales de la víctima con el incidente sufrido en el colectivo. El informe psicológico, en tanto, atribuyó el 50% de los trastornos detectados al accidente y el resto a factores personales preexistentes.
La sentencia fijó criterios para la actualización de los montos indemnizatorios y advirtió sobre la necesidad de ajustar la cobertura del seguro a los valores vigentes al momento del pago, no a los pactados originalmente.

Según el expediente, la damnificada se encontraba en pleno ejercicio de su actividad laboral independiente al momento del accidente, lo que fue considerado al calcular el daño por incapacidad.
En el fallo se citan antecedentes de la Corte Suprema y de la Suprema Corte provincial sobre la oponibilidad de las cláusulas de franquicia y los límites de cobertura ante terceros damnificados.
La jueza remarcó que el accidente fue corroborado tanto por registros electrónicos oficiales como por testimonios presenciales y documentación médica.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
La causa ARSAT quedó bajo secreto de sumario: el juez debe definir si cita a indagatoria a los ex funcionarios involucrados
La investigación por presunta corrupción en la empresa satelital involucra a los ex funcionarios Facundo Leal y Gerardo Boschin

Confirmaron procesamientos de exfuncionarios por presunto desvío de fondos para confeccionar guardapolvos
Se trató de un proyecto para realizar 165.000 prendas para alumnos de sectores vulnerables durante el gobierno de Alberto Fernández

Revés para Tapia y Toviggino en la causa por facturación “trucha” y contrataciones dudosas en la AFA
Los dirigentes de la asociación pretendían evitar que esta nueva denuncia de ARCA se investigara junto a la de evasión, por la que ya están procesados. El juez rechazó los planteos y avanza con medidas de prueba

Se incendió su casa, pero como era prefabricada el seguro se negó a pagar: la Justicia condenó a la aseguradora
El tribunal determinó que la negativa de la empresa fue injustificada y aplicó la Ley de Defensa del Consumidor para proteger a los damnificados. La sentencia subraya que la compañía no puede negar cobertura sobre un inmueble que ella misma decidió asegurar bajo contrato vigente. ¿Cómo se compone la indemnización y cuál es su monto?

Estuvieron 15 años juntos, le vendió el auto “de palabra” al separarse y ella no se lo pagó: la Justicia la obliga a saldar la deuda en dólares
Un tribunal de San Isidro avaló el reclamo de un hombre que acreditó haber vendido un automóvil cuyo precio no fue abonado en su totalidad, fijando el monto adeudado más intereses. La resolución se apoyó en informes periciales, transferencias bancarias y declaraciones testimoniales

