El Colegio de Abogacía de la Capital Federal rechazó la iniciativa de los divorcios exprés

Lo hizo el presidente de la entidad, Ricardo Gil Lavedra. Ya había manifestado su rechazo durante el tratamiento de la Ley Bases

Ricardo Gil Lavedra inició su segundo período al frente del Colegio Público de la Abogacía porteño.
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El presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Ricardo Gil Lavedra, reiteró hoy su enfático rechazo al proyecto de ley sobre divorcios administrativos del Poder Ejecutivo. “Modernizar y simplificar los procedimientos no puede hacerse a costa de los derechos”, alertó el ex camarista que juzgó y encarceló a los comandantes de la última dictadura.

“No se puede, bajo el pretexto de simplificar los trámites, poner en riesgo muchos de los derechos de los contrayentes”, sostuvo el titular de la entidad que agrupa a los abogados porteños. “Una vez más, queda en evidencia el desconocimiento de nuestro Código Civil en cuanto a la necesidad de considerar integralmente todos los efectos del divorcio para garantizar la protección de la parte más vulnerable”.

Desde la entidad se subrayó el compromiso de defender la necesaria intervención profesional de las abogadas y abogados en cualquier situación que implique la aplicación del derecho. “Creemos insustituible la presencia del juez para garantizar de la mejor manera los derechos en juego”, aseguró Gil Lavedra.

El Ministerio de Desregularización presentó hoy la Ley Hojarasca y, además, envió otros dos proyectos al Congreso de la Nación. El primero establece modificaciones en la ley de divorcio y el segundo un proceso de modernización judicial que incluye los depósitos y los bienes incautados. El proyecto modifica la ley de Divorcio, al agregar en su artículo 1 del artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación” una causa más a la disolución del matrimonio. Allí se señala que será válido el “divorcio en sede administrativa, equiparado en cuanto a sus efectos con el declarado en sede judicial”. También modifica el artículo 437 del Código Civil y Comercial que dispone que el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges. En la nueva versión se le agrega a este punto que “en sede administrativa, exclusivamente a petición conjunta de ambos cónyuges, ante el oficial público encargado del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas correspondiente al último domicilio conyugal”. Según la iniciativa oficial, se promete agilizar los tiempos del proceso y abaratar los costos ya que no se necesita de abogados.

Dentro de los fundamentos del Mensaje Nº 60/2024, se expresa que este proyecto “pretende cubrir un faltante, el divorcio en sede administrativa permite a los cónyuges terminar su vínculo matrimonial de la misma manera que lo iniciaron: de mutuo acuerdo y ante el oficial público encargado del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, con un simple trámite administrativo”.

Sumado a ello, se justifica en los eventuales gastos y el tiempo en que demora un trámite en sede judicial, afirmando que “un divorcio por vía judicial conlleva el gasto de sumas de dinero sustanciales por el costo del proceso y todo lo que ello implica. Además, el tiempo que insume el referido proceso implica para las partes que durante ese período de tiempo no podrán disponer de algunos de sus bienes con entera libertad”. Finalizando que estos procesos aumentan el número de causas en el sistema judicial.

Esta propuesta formaba parte de la ley Bases que envió el gobierno de Javier Milei al inicio de su gestión. En el proyecto se destacaba la necesidad de ofrecer una alternativa más rápida y económica para los cónyuges que desean divorciarse. En aquel momento el Colegio de la Abogacía de la Capital Federal ya se había opuesto a la iniciativa, que quedó afuera junto a otros proyectos en el marco del debate que se dio en el Congreso. Ahora, por cuerda separada, el proyecto vuelve a llegar al Parlamento para ser debatido.

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