
El Gobierno publicó este lunes en el Boletín Oficial las propuestas de los candidatos a cubrir las vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación: Ariel Lijo (por Elena Highton de Nolasco) y Manuel Javier García-Mansilla (por Juan Carlos Maqueda, que se retirará del máximo tribunal en diciembre).
El Poder Ejecutivo resaltó los antecedentes curriculares de ambos jueces. En el caso de Lijo, abogado egresado de la UBA, cuenta con un posgrado en Administración de Justicia. Fue designado como Juez Federal a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 4 de la Capital Federal, en donde se desempeña hasta la actualidad. Tiene competencia y especialidad para la investigación de delitos complejos como corrupción, narcocriminalidad, trata de personas, delitos económicos, ciberdelincuencia, delitos contra el orden constitucional, requerimientos internacionales de extradición y fraudes marcarios. Por otro lado, se especializó en la gestión de bienes incautados en el marco de procesos penales y en el acompañamiento a las víctimas y personas damnificadas de grupos vulnerables de delitos.
Fue director y profesor del curso “Delitos Complejos”, Organizado por la Secretaría de Capacitación de la U.E.J.N. y dictado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires; además de profesor de los Cursos de Capacitación Judicial de la Escuela de Capacitación Judicial de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional; profesor Adjunto en las cátedras de Derecho Penal; Derecho Procesal Penal y Derecho Procesal de la Universidad del Museo Social Argentino; profesor titular de la Cátedra de Derecho Penal de la Tecnicatura en Seguridad Pública en el Instituto Superior de Seguridad Pública.
Además, fue reconocido por su inestimable colaboración con la Embajada de Israel en Argentina en el año 2011.
En el caso de García-Mansilla, abogado egresado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad del Salvador, cuenta con un posgrado de Georgetown University Law Center, Washington D.C., EE.UU: Master of Laws (LL.M.); y un doctorado en Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral donde desde 2019 a la fecha se desempeña como Decano.
En cuanto a su actividad docente, fue profesor en la materia “Derecho Constitucional I- Teoría de la Constitución y Organización del Estado” en la carrera de Abogacía: desde el 2005 hasta el 2023; profesor Titular de grado en la materia “Seminario de Historia del Derecho”: desde septiembre de 2021 a la fecha; profesor en el módulo “Interpretación Constitucional” en la Diplomatura en Derecho Constitucional Profundizado: desde el 2018 hasta la fecha; profesor en el módulo “Interpretación Constitucional” en la Diplomatura en Derecho Procesal Constitucional: desde el 2018 hasta el 2023; profesor en el módulo “Génesis del control judicial en los Estados Unidos” en la Diplomatura en Derecho Constitucional Latinoamericano: desde 2021 a la fecha.
Tanto con Lijo como con García-Mansilla, el Gobierno señaló que “en todos los casos se trata de una síntesis de los datos” que componen los currículums vitae, que podrán ser consultados en detalle en la página web del Ministerio de Justicia de la Nación: www.jus.gov.ar.
“Déjase establecida como finalidad última de los procedimientos adoptados, la preselección de los candidatos para la cobertura de vacantes de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN en un marco de prudencial respeto al buen nombre y honor de los propuestos, la correcta valoración de sus aptitudes morales, su idoneidad técnica y jurídica, su trayectoria y su compromiso con la defensa de los derechos humanos y los valores democráticos que lo hagan merecedor de tan importante función”, resaltó el Gobierno sobre ambos postulantes en el Artículo 2° del texto oficial.
“Los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, podrán en el plazo de 15 días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, presentar al MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los incluidos en el proceso de preselección, con declaración jurada de su propia objetividad respecto de los propuestos”, agregó el Poder Ejecutivo.
No obstante, “no serán consideradas aquellas objeciones irrelevantes desde la perspectiva de la finalidad del procedimiento que establece el artículo 2º del presente o que se funden en cualquier tipo de discriminación”.
Los pliegos deberán ser analizados por el Poder Legislativo luego de su correspondiente tratamiento en comisiones. Se estima que todo el trámite tardará meses para llegar a su epílogo sobre finales de este año.
En efecto, el procedimiento previsto indica que los jueces de la Corte Suprema de Justicia son elegidos mediante un mecanismo indirecto: el Poder Ejecutivo selecciona y propone candidatos, y el Senado de la Nación presta acuerdo para su nombramiento.
En la Cámara Alta se necesita una mayoría especial: dos tercios de los miembros presentes tienen que dar su aval.
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