
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas de tres hombres que recibieron penas de prisión de entre seis a diez años por haber trasladado 1157 kilos de marihuana escondidos en el acoplado de un camión. La carga fue encontrada en una ruta nacional de la provincia de Corrientes por la Gendarmería Nacional, cuya pesquisa comprobó que la droga iba embadurnada de grasa industrial para evitar la detección de los perros antinarcóticos.
La causa penal llegó hasta el Máximo Tribunal luego de que las distintas defensas interpusieran sus respectivas quejas. Previamente, habían intervenido la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal y el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes (TOCF).
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El TOCF, integrado por los jueces Víctor Alonso, Lucrecia Rojas y Fermín Ceroleni, dictó las condenas en junio de 2019. En el debate oral tuvo por comprobado que el 18 de noviembre de 2016, sobre la Ruta Nacional 14, a la altura de la localidad correntina de Santo Tomé, miembros de la Gendarmería Nacional detuvieron la marcha de un camión cuyo acoplado contenía en su interior distintas cajas de madera, adentro de las cuales había 1604 ladrillos de marihuana con un peso total de 1157 kilos.
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En las actuaciones se registró que los panes iban embadurnados con grasa industrial para evitar que los perros antinarcóticos, apostados en distintos puntos estratégicos que conectan las distintas rutas nacionales, pudieran detectar la droga. También se corroboró que el camión, proveniente de la provincia de Misiones, no operaba solo: un Citroën C5 circulaba adelante haciendo las veces de guía o “barredor” durante su trayecto hacia la localidad de Pilar, en Buenos Aires. El auto tenía, básicamente, la función de avisar la presencia de fuerzas de seguridad por el camino.
En el auto, por lo demás, iban padre e hijo, quienes junto al conductor del camión quedaron inmediatamente detenidos. Toda la droga fue instantáneamente secuestrada. En ese marco, Edgardo Gabriel Principatto -que viajaba en el Citroën- recibió una pena de diez años de prisión, en línea con el pedido del fiscal federal Carlos Schaefer. Su hijo Ignacio Salvador, en tanto, fue condenado a ocho años de cárcel, mientras que el conductor del camión con acoplado, Marcelo César Damota, obtuvo seis años de prisión y multa. Todos fueron hallados coautores responsables del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas organizadas, contemplado en la Ley N° 23.737.
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Sus defensas impugnaron la sentencia condenatoria, y de esa forma el expediente recayó en la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que posteriormente confirmó el fallo. Entonces los imputados volvieron a apelar, a través de sendos recursos extraordinarios, para arribar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El rechazo de esos planteos derivó en las quejas -vías directas- que trató este jueves el Máximo Tribunal del país.
“Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se desestima la presentación directa”, expresó el fallo de la Corte con la firma unánime de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Con esta decisión, las condenas a prisión cobraron firmeza.
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