
La jueza electoral María Servini avaló el nuevo nombre de la alianza política del oficialismo para las elecciones presidenciales: “Unión por la Patria”. La magistrada rechazó una impugnación que se presentó por el uso del término patria ya que para un partido político podría ser usado como un sentimiento nacional para buscar votos.
La impugnación la presentó por mail un ciudadano. Servini utilizó dos argumentos para no aceptarla. La primera fue que la objeción debió haberse realizado en la audiencia pública que se hizo la semana pasada en la que se discutieron los nombres de las siete alianzas que se presentaron para competir en la categoría de presidente y vice en las PASO del 13 de agosto. Y la segunda fue que la ley establece qué palabras no se puede utilizar en los nombres de los partidos políticos y patria está permitida.
El oficialismo dio a conocer la semana pasada el nuevo nombre de su alianza política. Unión por la Patria reemplazó al Frente de Todos que compitió en las elecciones presidenciales del 2019 con la fórmula Alberto Fernández-Cristina Kirchner y en las legislativas del 2021. Se trató de un cambio de nombre ya que los partidos políticos que integran la alianza son los mismos.
Ante la presentación de la alianza la semana pasada en la justicia electoral, Aníbal Báez envió un mail a la justicia electoral en la que impugnó que se use el nombre patria. “El uso del concepto de Patria como nombre de un partido político implica su pretensión inadmisible de utilizar el sentimiento patriótico del electorado como bandera partidaria para atraer sus votos”, señaló. Los apoderados de la alianza y el fiscal electoral Ramiro González pidieron que el planteo sea rechazado.
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La jueza Servini resolvió a favor de la alianza. La magistrada sostuvo que Báez no se presentó a la audiencia de la semana en la que se discutió el nombre de las alianzas. La ley establece que allí “podrán formularse observaciones exclusivamente con respecto a (…) registro o uso del nombre partidario propuesto, debiendo concurrir quien la formulare con la prueba en que se funde”.

La magistrada también señaló que el artículo 16 de la ley orgánica de los partidos políticos establece que palabras están prohibidos para los nombres de los partidos políticos. “El nombre no podrá contener designaciones personales, ni derivadas de ellas, ni las expresiones `argentino`, `nacional`, `internacional` ni sus derivados, ni aquellas cuyo significado afecten o puedan afectar las relaciones internacionales de la Nación, ni palabras que exterioricen antagonismos raciales, de clases, religiosos, o conduzcan a provocarlos”, dice la norma y agrega que “deberá distinguirse razonable y claramente del nombre de cualquier otro partido, asociación o entidad”.
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“Analizando el vocablo cuestionado, es necesario destacar, que las limitaciones al momento de adoptar un nombre por parte de una entidad política, se encuentran regladas expresamente en la normativa que rige la materia”, explicó Servini y agregó que “sólo puede concluirse que el vocablo `Patria` se encuentra excluido de dicha enumeración y, que toda manifestación en relación a la impugnación de su uso adquiere, en consecuencia, el tinte subjetivo y parcial de la interpretación personal”.
La jueza también señaló que hubo otros casos de partidos con el nombre patria que fueron aceptados. “A modo de ejemplo, puede citarse el caso del partido `Patria Grande`, cuya personería tramita en este distrito de la Capital Federal y ha sido reconocido con esa denominación, resultando que ante la pretensión de esa denominación, el Sr. Báez no ha formulado impugnación alguna”, señaló. De hecho, Patria Grande es uno de los 19 partidos que forman parte de la alianza oficialista.
Para competir en las presidenciales de las PASO se presentaron siete alianzas. Además de Unión por la Patria lo hicieron Juntos por el Cambio, el Frente de izquierda y de trabajadores Unidad, La Libertad avanza, Hacemos por nuestro país, Principios y valores y el Frente Liberar. La jueza Servini comenzó a aprobar cada alianza.
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