La posible sanción deportiva que le puede caer a Jesús Owono por la roja recibida tras la acción con Jesús de Miguel: de ocho a doce partidos

El Comité de Disciplina tendrá que estudiar el caso para determinar qué castigo deportivo le corresponde al portero del Andorra

Los jugadores del CD Tenerife y del FC Andorra rodean a Jesús de Miguel mientras es atendido por los servicios médicos. (Europa Press)
Los jugadores del CD Tenerife y del FC Andorra rodean a Jesús de Miguel mientras es atendido por los servicios médicos (Europa Press)
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La tragedia que ha rodeado el encuentro entre el CD Tenerife y el Andorra FC tendrá también consecuencias en el ámbito disciplinario. Jesús Owono, guardameta del conjunto tricolor, fue expulsado durante el partido por la acción en la que golpeó a Jesús de Miguel, que posteriormente tuvo que ser trasladado al hospital y terminó falleciendo. Mientras el portero intenta asimilar lo sucedido, el Comité de Disciplina tendrá que estudiar el caso para determinar qué castigo deportivo le corresponde.

El futbolista ecuatoguineano, de 25 años, atraviesa una situación personal extremadamente complicada. Según explican desde su entorno, se encuentra aislado y completamente devastado por la muerte del jugador del Tenerife. Su futuro en el fútbol es ahora mismo una incógnita, aunque hay un asunto que tendrá que resolver próximamente con independencia de lo que decida hacer con su carrera: la sanción derivada de la tarjeta roja que recibió. Para conocer el posible castigo hay que acudir al acta arbitral y al Código Disciplinario. El colegiado mostró la roja directa a Owono y justificó su decisión por la violencia de la acción. En el documento dejó escrito que el guardameta fue expulsado por “impactar bruscamente con su pierna en alto sobre un adversario con uso de fuerza excesiva cuando el balón estaba en disputa. El jugador fue atendido sobre el terreno de juego, abandonando posteriormente el campo en camilla”.

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La primera referencia para valorar lo sucedido es el artículo 130 del Código Disciplinario. Este apartado recoge las acciones violentas producidas durante el desarrollo del juego que generan un riesgo para el rival, pero que no provocan consecuencias lesivas. La sanción prevista en estos casos oscila entre uno y tres partidos de suspensión o un periodo de hasta un mes. No obstante, las circunstancias del caso hacen que también deba tenerse en cuenta otro apartado del reglamento. La muerte de De Miguel después del traumatismo sufrido durante el encuentro introduce una consecuencia de extrema gravedad que no contempla el supuesto anterior. Por ello, el artículo 102 adquiere especial relevancia a la hora de determinar la posible sanción del portero.

Este precepto regula las acciones violentas contra un adversario que ocasionan daños o lesiones considerados graves. En concreto, establece que “producirse de manera violenta con un/a adversario/a, con ocasión del juego, originando consecuencias dañosas o lesivas que sean consideradas como graves, por su propia naturaleza o por la inactividad que pudieran determinar, y siempre que no constituya falta de mayor entidad, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos”. La diferencia entre ambos artículos es considerable. Mientras que el primero contempla una suspensión de hasta tres encuentros, el segundo eleva el castigo hasta un máximo de doce. Por tanto, la decisión del Comité de Disciplina será determinante para establecer en qué supuesto encaja la acción de Owono y qué recorrido tendrá su sanción.

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Si finalmente se aplica el artículo 102, el portero podría enfrentarse a una suspensión de entre cuatro y doce partidos. La previsión que se plantea es que el castigo no sea inferior al grado medio de la horquilla, situado en ocho encuentros, aunque todavía no existe una resolución oficial que permita conocer el número definitivo. El caso queda así pendiente de la valoración disciplinaria, en un contexto especialmente doloroso para todas las partes implicadas. Owono deberá afrontar las consecuencias deportivas de la expulsión mientras intenta gestionar una tragedia que ha conmocionado al fútbol español.

La investigación policial sobre Jesús Owono

El caso ya está en manos de la Policía Nacional, aunque el fiscal jefe de Santa Cruz de Tenerife, José Luis Sánchez-Jáuregui, ve “muy difícil” que se abra una causa penal. Su argumento es que el golpe se produjo en una acción de juego, y una doctrina muy antigua del Tribunal Supremo establece que las lesiones deportivas no son punibles, salvo que haya existido una agresión con el juego detenido, ha explicado a EFE.

El jugador del CD Tenerife, Jesús de Miguel, sale el camilla del estadio tras el choque con Jesús Owono, del FC Andorra (REUTERS/Stringer)
El jugador del CD Tenerife, Jesús de Miguel, sale el camilla del estadio tras el choque con Jesús Owono, del FC Andorra (REUTERS/Stringer)

Los allegados de De Miguel podrían denunciar por una supuesta agresión con resultado de muerte, lo que abriría una investigación. Aun así, el fiscal jefe ha advertido de que difícilmente iría más allá de un homicidio por imprudencia menos grave. Lo compara con alguien que, tras un empujón, cae y se golpea mortalmente la nuca: un homicidio no doloso, sin intención de matar. Sánchez-Jáuregui ha recordado que el fútbol es un deporte de contacto, pero no de contacto “brutal”. Ha distinguido esta jugada de otros casos que sí serían punibles, como un codazo en la boca para romper los dientes a un rival. En su opinión, lo lógico es pensar que nadie busca provocar la muerte de un contrincante en una acción de juego.

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