
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha asegurado este miércoles que respeta la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de rechazar su recurso de amparo contra la suspensión del derecho al voto a personas nacionalizadas por la 'ley de nietos' acordada por el Tribunal Supremo, si bien ha mostrado "preocupación" por que esa medida "pueda no permitir ejercer el derecho fundamental al voto a ciudadanas y ciudadanos españoles" en las elecciones generales.
A través de un comunicado, Gabilondo defiende que recurrió por "una prerrogativa que viene dada en la Constitución" y en la ley que regula regula la institución, que indica que el Defensor del Pueblo tiene como misión la defensa de derechos fundamentales comprendidos en la Carta Magna.
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Gabilondo señala que las resoluciones del Supremo que recurrió "son firmes y tienen efectos irreversibles en la práctica para muchas personas, dada la premura actual de plazos del proceso electoral" del próximo 29 de noviembre.
"Por tal motivo", abunda, "solicitó medidas cautelarísimas, para salvaguardar derechos fundamentales básicos como el voto y la igualdad, y un rápido pronunciamiento del TC acerca de la suspensión del derecho al voto de españoles nacionalizados de acuerdo con la mencionada ley".
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Y concluye que "atendía así" a la solicitud recibida de particulares y de entidades que le pidieron su intervención para que "tratara de evitar que se les pudiera impedir ejercer el derecho fundamental al voto de las personas afectadas".
Por mayoría de los magistrados del Pleno --10 a 2--, el Constitucional ha rechazado el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de la 'ley de nietos', al considerar que es prematuro porque el proceso sigue abierto en el Supremo, que paralizó el voto para quienes no demuestren que son descendientes de exiliados.
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El Defensor del Pueblo reclamó en su recurso que, por "urgencia excepcional", el TC declarara "de forma inmediata" nulos los autos del Supremo que por partida doble, en septiembre y en octubre, ratificaron la suspensión del voto de forma cautelar.
Lo que buscaba era "conseguir el restablecimiento del derecho fundamental al sufragio activo, al voto, de algo más de 160.000 ciudadanos españoles mediante la estimación del amparo", al apreciar --según avisaba-- una "lesión irreparable" de ese derecho.
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