La JEC permite enviar la documentación electoral a los votantes del exterior, avisando de la suspensión del TS

21/12/2025 Papeletas electorales y sobres para las elecciones autonómicas en Extremadura en un colegio electoral, a 21 de diciembre de 2025, en Mérida, Badajoz, Extremadura (España). Alrededor de casi 891.000 extremeños han sido convocados en la jornada de hoy para ejercer su derecho al voto en unos comicios a la Asamblea de Extremadura convocados de forma anticipada por la presidenta María Guardiola tras la ruptura de apoyos parlamentarios y el fracaso en la aprobación de los Presupuestos.
POLITICA 
Javier Cintas - Europa Press
21/12/2025 Papeletas electorales y sobres para las elecciones autonómicas en Extremadura en un colegio electoral, a 21 de diciembre de 2025, en Mérida, Badajoz, Extremadura (España). Alrededor de casi 891.000 extremeños han sido convocados en la jornada de hoy para ejercer su derecho al voto en unos comicios a la Asamblea de Extremadura convocados de forma anticipada por la presidenta María Guardiola tras la ruptura de apoyos parlamentarios y el fracaso en la aprobación de los Presupuestos. POLITICA Javier Cintas - Europa Press
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La Junta Electoral Central (JEC) ha dado permiso a la Oficina del Censo Electoral para proceder al envío de documentación de los comicios del 29 de noviembre a los electores residentes en el extranjero, si bien ha pedido que se recuerde que hay una suspensión de voto decretada por el Tribunal Supremo para parte de los nacionalizados por la llamada 'ley de nietos'.

La Oficina del Censo Electoral había preguntado por el envío de la documentación electoral a los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) a la vista de que Exteriores no le había remitido la información detallada que se exigía en los Autos de 10 de de la Sala de lo contencioso-administrativo del Supremo que decretó la suspensión provisional del derecho de voto a quienes haya obtenido la nacionalidad por la llamada 'ley de nietos' sin acreditar fehacientemente ser descendiente de exiliados de la guerra civil y el franquismo.

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La JEC, en una resolución recogida por Europa Press, comunica a la Oficina del Censo Electoral que el primer envío de documentación electoral puede hacerse entre los días 24 y 30 de octubre de 2026, pero "siempre que en dicho envío se incorpore una advertencia de la posibilidad de suspensión de los derechos electorales en los términos expresados" en los autos del Supremo.

Su decisión se ha trasladado a la sala tercera del Tribunal Supremo "por si considera procedente hacer alguna indicación a esta Junta en relación con el procedimiento y los plazos a seguir para dar cumplimiento a lo dispuesto en los mencionados autos, habida cuenta de la perentoriedad de los plazos legales que deben regir en el proceso electoral en curso".

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Además, y a petición de Correos, que avisa de la indisponibilidad del aeropuerto de Buenos Aires en determinadas fechas que coinciden con el proceso electoral, la JEC ha autorizado adelantar el primer envío de documentación electoral a los inscritos en el CERA y residentes en Argentina, incluyendo esa advertencia del riesgo de suspensión. Eso sí, la documentación no se hará llegar a los electores hasta las fechas legalmente previstas.

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