Forenses han descartado que la mujer presuntamente asesinada por su marido en A Coruña, en agosto de 2024, falleciese por causas naturales o ahogada en su propio vómito tras caer de la cama, argumento planteado por su marido, que sostiene que su esposa había consumido mucho alcohol.
Esto en la segunda sesión del juicio, tras la constitución del Tribunal del Jurado el martes en la Audiencia Provincial de A Coruña y en el que está previsto que este viernes declare ya el acusado, que tenía 76 años en el momento de los hechos, ocurridos en el domicilio del matrimonio en la avenida de Gran Canaria.
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Su mujer tenía 74 años y, según declararon los hijos en la vista celebrada ayer, estaba "sometida" y sufría "maltrato" por parte de su marido tanto físico como verbal. Así, los tres hijos que declararon -- un hombre y dos mujeres, una cuarta no quiso declarar ni ejerce la acusación particular -- han afirmado que la vieron con moratones y que intermediaron en alguna ocasión para evitar una agresión.
En esta jornada, peritos del Instituto Nacional de Toxicología, que recibieron algunas muestras de órganos de la mujer, explicaron que los hallazgos eran "inespecíficos o escasos" como para poder confirmar o excluir la muerte por asfixia, como anticipó el forense responsable de la autopsia y como recoge el escrito de Fiscalía.
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En cuanto al consumo de alcohol de la fallecida, otros peritos han explicado que, por los análisis de su cabello, se determinó que era "abusivo" en el periodo analizado -- unos doce meses -- con un aumento en los últimos seis meses, aunque sin poder diagnosticar una dependencia, precisaron, en este caso, los forenses que encargaron la prueba y realizaron la autopsia.
Estos han insistido que, desde el primer momento, "llamó la atención las lesiones en el cuello" de la víctima ya que presentaba "una zona marcada, algo que se pudo comprimir en esa zona con lesiones que indican un traumatismo previo a la muerte". De ellas, han dicho que "orientan a una compresión externa que la provocó", han remarcado.
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HECHOS
En concreto, al hombre se le imputa un delito de asesinato, un delito contra la integridad moral y un delito continuado de injurias y vejaciones. En los primeros delitos, las acusaciones aprecian la concurrencia de las agravantes de género y de parentesco.
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Esto tanto por parte de la Fiscalía, las tres acusaciones particulares y el abogado de la Xunta. Mientras la defensa solicita la absolución o, alternativamente, penas de prisión por un homicidio preterintencional -- con intención de matar -- u homicidio imprudente.
Según expone el Ministerio Fiscal, la convivencia del matrimonio en su vivienda de A Coruña se encontraba "muy deteriorada" debido al trato vejatorio y denigrante que el acusado dispensaba de forma habitual a su esposa, quien nunca llegó a denunciarlo.
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En concreto, fue hacia las 23.30 horas del 1 de agosto de 2024 cuando ambos mantuvieron una discusión a gritos en la que el varón profirió faltas de respeto contra la víctima. Durante la madrugada del 2 de agosto, la mujer se cayó al suelo del dormitorio bajo los efectos del alcohol, quedando inmovilizada entre la cama y el mobiliario.
El acusado aprovechó la situación para grabarla en vídeo con su teléfono móvil, dirigiéndole insultos y burlas sobre su incapacidad para levantarse mientras no le prestaba auxilio. Posteriormente, entre las 03.00 y las 05.00 horas de esa misma madrugada, el investigado la estranguló con sus propias manos aprovechando, sostiene el Ministerio Público, su total indefensión, provocándole la muerte por asfixia mecánica.
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Por todo ello, se piden 30 días de localización permanente por el delito de injurias y vejaciones; un año y seis meses de prisión, con inhabilitación durante ese tiempo para el ejercicio de sufragio, por el delito contra la integridad moral; y 25 años de prisión por el delito de asesinato, inhabilitación absoluta el tiempo de condena y prohibición de residir en el término municipal de A Coruña durante 35 años.
Asimismo, deberá indemnizar a cada uno de los cuatro hijos comunes perjudicados, en la cantidad de 37.064,58 euros y 494,19 euros por daño emergente. A cada uno de los hermanos de la víctima (de vínculo único o doble), que viviesen en el momento del fallecimiento, 27.798,43 euros y 494,19 euros por daño emergente.
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