El Supremo revisará la tasa municipal de basuras de Madrid

Guardar

Madrid, 23 sep (EFE).- El Tribunal Supremo revisará la anulación de la tasa municipal de basuras de Madrid tras admitir a trámite los recursos del Ayuntamiento de José Luis Martínez Almeida contra las sentencias que declararon la nulidad de pleno derecho de la tasa.

Fue en marzo cuando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimó los recursos interpuestos por varias instituciones y organizaciones contra la Ordenanza Fiscal 8/2024 del Ayuntamiento y anuló la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos, una decisión que recurrió al Supremo el consistorio madrileño.

PUBLICIDAD

Ahora, la Sala de lo Contencioso admite a trámite los recursos al considerar que presentan interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia respecto de tres cuestiones referidas al trámite de información pública de las ordenanzas fiscales que regulen las tasas previstas en la ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular, cuando incorporen sistemas de pago por generación.

En los siete autos de admisión a trámite, uno por cada recurso planteado por el Ayuntamiento y de contenido similar, el tribunal indica que la cuestión planteada ostenta una evidente trascendencia que aconseja su tramitación prioritaria y su señalamiento para deliberación, votación y fallo con carácter preferente.

PUBLICIDAD

Los recursos cuestionan las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, tras analizar el procedimiento de aprobación de la ordenanza, concluyó que se produjo una infracción sustancial de las normas que lo rigen, al haberse omitido durante el trámite de información pública parte esencial del informe técnico-económico que servía de base para la determinación de la tasa.

En concreto, no se incorporaron ni publicaron los anexos relativos al estudio de generación de residuos por actividades económicas, documentos que, a juicio de la Sala, resultan imprescindibles para comprender y fiscalizar la cuantificación del tributo.

Según la sentencia, la ordenanza fue aprobada en el contexto de la obligación legal impuesta por la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, que exige a las entidades locales implantar sistemas de financiación basados en el principio de "quien contamina paga".

No obstante, subrayó que dicha finalidad no exime del cumplimiento estricto de las garantías procedimentales ni de la obligación de motivar adecuadamente los elementos esenciales de la tasa. EFE

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD