Anticorrupción pide al TS rechazar la petición de Ábalos y Koldo para anular la sentencia del 'caso mascarillas'

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La Fiscalía Anticorrupción ha pedido al Tribunal Supremo (TS) que desestime las peticiones del exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García para anular la sentencia del 'caso mascarillas' que les condenó a 24 y 19 años de cárcel, respectivamente.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, considera que los incidentes de nulidad planteados por los abogados de Ábalos y Koldo por presunta vulneración de derechos "necesariamente están abocados al fracaso y deben ser desestimados, pues desbordan claramente el objeto de este remedio".

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Luzón se opone a la pretensión de que "el tribunal rectifique el criterio expresado en su resolución sobre las cuestiones propuestas, basándose para ello en argumentos coincidentes con los que ya han sido motivadamente desestimados por la Sala en su sentencia".

"En consecuencia, careciendo los incidentes suscitados de objeto propio, al limitarse a reproducir pretensiones ya examinadas y decididas en la sentencia firme cuya nulidad se solicita, procede desestimar los dos incidentes promovidos", sostiene.

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Tras examinar las alegaciones de ambos condenados, el fiscal jefe señala que son "en esencia coincidentes" y que "se limitan a reiterar las denuncias ya expuestas a lo largo del procedimiento y a las que se ha dado respuesta en numerosas resoluciones" del caso el Supremo.

"Estamos, pues, ante la mera reproducción de pedimentos que ya han sido razonadamente desestimados en la referida sentencia. Junto a tales alegaciones, relacionada con supuestas vulneraciones de derechos fundamentales, se aprovecha también por los promotores del incidente para entrar en el derecho a la presunción de inocencia propugnando una alternativa e improcedente revisión de la valoración de la prueba", insiste.

Luzón expone que "sería procesalmente incorrecto" que el tribunal de la Sala de lo Penal que juzgó la causa "entrase en dialéctica con los solicitantes cuando ya ha dado cumplida y motivada respuesta, bien que no a satisfacción de los promotores del incidente, a todas y cada una de las cuestiones nuevamente planteadas".

TAMBIÉN EL PP Y ALDAMA

Al igual que la Fiscalía, la acusación popular que lideró el PP en la causa ha trasladado al Supremo otro escrito, al que ha tenido acceso esta agencia de noticias, en el que indica que "ninguno de los motivos de nulidad formulados por los condenados puede prosperar".

Los 'populares' abogan por que ambos incidentes de nulidad "deben ser íntegramente desestimados" ya que la sentencia dictada "es plenamente conforme a derecho" y "no se ha vulnerado derecho fundamental alguno de los condenados".

Y aseguran que "la mayor parte" de los motivos esgrimidos por los dos se corresponden con cuestiones ya alegadas y que fueron "íntegramente desestimadas" por el alto tribunal a lo largo del proceso que declaró probadas irregularidades en la compra de mascarillas por el Ministerio de Transportes en la pandemia.

Asimismo, el tercer condenado por el caso, el empresario Víctor de Aldama, se opone a las peticiones de Ábalos y Koldo al apreciar que "su verdadera finalidad consiste en revisar el juicio valorativo sobre la prueba practicada en el plenario, efectuado en la sentencia firme y obtener un nuevo pronunciamiento acorde con los intereses de la parte, reproduciendo sustancialmente los argumentos de fondo ya resueltos".

"La parte no acredita lesión del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, sino únicamente su discrepancia con el resultado del proceso, lo que determina necesariamente la desestimación íntegra del incidente de nulidad de actuaciones", expresa la defensa de Aldama, condenado a cuatro años y medio de cárcel pero de la que el tribunal le libró de entrar con la condición de que no delinca.

Ábalos reclamó al Supremo la nulidad de la sentencia del pasado junio, la suspensión de la condena y su puesta en libertad --lleva en prisión provisional junto a Koldo desde noviembre de 2025-- al entender que los magistrados del Supremo que le condenaron se basaron en "corroboraciones inexistentes".

Los magistrados declararon a Ábalos y Koldo culpables de los delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación, mientras que los absuelven de prevaricación, uso de información privilegiada y falsedad.

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