El Gobierno aprueba los cambios para permitir la jubilación parcial del personal laboral

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Madrid, 9 jun (EFE).- El personal laboral al servicio de las administraciones públicas podrá solicitar la jubilación parcial a partir de mañana miércoles, según la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública que publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Esta resolución recoge el acuerdo firmado con los sindicatos a finales de marzo para buscar una solución a la situación actual en la que es imposible acceder a la jubilación parcial, ya que requiere de la contratación de un relevista previa convocatoria de una oferta pública de empleo (OPE), lo que dilata años el proceso.

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La jubilación parcial permite anticipar la edad de retiro hasta en tres años, reduciendo la jornada y sueldo de forma proporcional entre un 29 y un 75 %, de forma que el resto de la jornada la realizaría un trabajador contratado para tal fin con un contrato relevo.

El trabajador a jubilarse deberá contar con al menos 33 años cotizados y 6 de antigüedad en la Administración y podrá optar si lo desea por acumular el periodo de reducción elegido en jornadas y periodos completos.

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Para llevar a cabo la selección de la persona relevista deberá haberse aprobado previamente la correspondiente OPE, cuyos contratos se formalizarán en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la resolución definitiva de adjudicación de plazas.

Dentro de dicho plazo máximo, la formalización de cada contrato se realizará a medida que exista una solicitud de jubilación parcial anticipada con la que vincular de forma simultánea la contratación en un sistema centralizado en la Dirección General de la Función Pública.

El puesto de trabajo que vaya a desempeñar el trabajador relevista podrá desempeñarse en el mismo o diferente centro de trabajo, grupo profesional, familia profesional, especialidad o función que el de la persona jubilada parcialmente en función de las necesidades de la Administración.

El relevista deberá ser contratado de manera indefinida y a tiempo completo.

Queda pendiente de solución la jubilación parcial con contrato relevo para el personal funcionario y estatutario, ya que el proyecto de ley de Función Pública que reconocía de nuevo este derecho se encuentra con su tramitación congelada en el Congreso. EFE

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