El TAS reduce a 15 meses la sanción al futbolista Boris Céspedes por infracción antidopaje

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Redacción Deportes, 8 jun (EFE).- El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS en sus siglas en francés) admitió parcialmente este lunes la apelación interpuesta por el futbolista boliviano Boris Céspedes y redujo de dos años a quince meses la decisión de la FIFA de suspenderlo de toda actividad relacionada con el fútbol por una infracción de las normas antidopaje.

Según informó el TAS, tras la revisión del caso un árbitro único del citado organismo consideró que un período de suspensión de 15 meses era "proporcionado y adecuado a las circunstancias del caso", admitiendo parcialmente la apelación y modificando consecuentemente la sanción de dos años impuesta a Céspedes, teniendo en cuenta la suspensión provisional ya cumplida desde el 14 de mayo de 2025.

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Céspedes, que jugó en el club suizo Yverdon-Sport FC en la Superliga y representa a la selección nacional de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), fue seleccionado para un control antidopaje en competición tras el partido Bolivia-Uruguay, disputado el 25 de marzo de 2025 en el Estadio Municipal de El Alto, situado a 4.000 metros de altitud.

El 7 de agosto de 2025, la Comisión Disciplinaria de la FIFA declaró al jugador responsable de cometer una infracción relacionada con el dopaje, ya que en su muestra se detectó acetazolamida, una sustancia que figura en la Lista de Sustancias Prohibidas del Código Mundial Antidopaje.

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La Comisión Disciplinaria de la FIFA impuso un período de suspensión de dos años. Céspedes apeló ante el TAS solicitando que anulara la decisión y dictara una nueva resolución que previera una suspensión no superior a seis meses, alegando que no había cometido ninguna falta ni negligencia grave ya que el médico del equipo de la FBF le había recetado medicamentos contra el mal de altura y que, debido a su grave estado, no estaba en condiciones de verificar los medicamentos que se le administraban.

Tras la reclamación, un árbitro único del TAS examinó el caso y concluyó que el jugador "debía asumir cierta parte de responsabilidad" que no puede atribuirse a los médicos del equipo ya que Céspedes "conocía bien" sus obligaciones en materia de controles antidopaje puesto que "es futbolista profesional y lleva doce años compitiendo al más alto nivel".

Por estos motivos, el árbitro único consideró que el grado de culpa del jugador era "normal" y que el intervalo de suspensión aplicable en virtud del Reglamento Antidopaje de la FIFA correspondía a un período de entre 12 y 24 meses, concluyendo que 15 meses era una sanción "proporcionada y adecuada a las circunstancias del caso". EFE

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